Más de 33.000 conductores denunciados por exceso de velocidad durante la última campaña de tráfico


La campaña de vigilancia de velocidad que la Dirección General de Tráfico (DGT) ha llevado a cabo entre los días 8 y 14 de abril ha permitido controlar durante una semana la velocidad a la que circulaban casi un millón de vehículos.
Según informa la DGT, concretamente, los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil han controlado a 955.659 vehículos, de los cuales 33.328, un 3,49%, circulaban a una velocidad superior a la permitida.
La vigilancia de la velocidad se ha realizado sobre todo en las carreteras secundarias, donde se han controlado seis de cada diez vehículos (61,3%). En concreto, en estas vías se han controlado 585.540 vehículos, de los cuales 21.933 conductores (3,75%) han sido denunciados por circular a una velocidad superior a la permitida. La denuncia les fue notificada en el momento de cometer la infracción a más de la mitad de dichos conductores.
En el caso de los controles en las vías de gran capacidad, autopistas y autovías, los vehículos controlados han sido 370.119, de los cuales 11.395 (3,10%) fueron denunciados por exceso de velocidad.
A la vigilancia de los agentes en la carretera, en esta campaña se ha sumado el control que desde el aire ha realizado el nuevo radar de la DGT, Pegasus. Este radar ha realizado 24 horas de vuelo por carreteras convencionales, en las que ha controlado a 522 vehículos seleccionados por el operador desde el helicóptero tras una primera valoración visual.
De estos 522 vehículos, 88 resultaron infractores (16%), por lo que se les ha tramitado la correspondiente denuncia. Este porcentaje es cinco veces mayor al correspondiente a vehículos detectados con radares terrestres.
Los conductores denunciados cometieron una infracción grave o muy grave. Dentro del ámbito penal, un motorista fue captado por un radar en La Rioja circulando a 206 km/h por la carretera N-111, donde la velocidad máxima permitida es de 100km/h.
Por este delito, en aplicación del artículo 379 del Código Penal, el motorista podría ser condenado a una pena de prisión de tres a seis meses, a la de multa de seis a doce meses o a trabajos en beneficio de la comunidad de treinta a noventa días. En cualquier caso, este infractor quedará privado del derecho a conducir vehículos a motor por un tiempo de entre uno y cuatro años.

Mostrar comentarios