Multa para RTVE por exceder el tiempo permitido para promocionar sus espacios

  • La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, tras analizar cuatro meses de emisiones, ha comprobado el exceso puesto una multa de 50.392€ 
Vista de la torre el "Pirulí", centro de comunicaciones de RTVE
Vista de la torre el "Pirulí", centro de comunicaciones de RTVE

RTVE acaba de recibir una multa de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) de 50.392,2 euros  por superar en veinte ocasiones el límite establecido por ley para las autopromociones. Entre noviembre de 2018 y febrero de 2019 las cadenas La 1, La 2, Teledeporte, 24 Horas y Clan TV emitieron en varias ocasiones más de 5 minutos de autopromociones por hora de reloj.

Esto supone una vulneración del artículo 13.2 de la Ley General de la Comunicación Audiovisual: en concreto la CNMC ha detectado veinte infracciones leves en el citado periodo.  Este artículo de la ley indica que los anuncios publicitarios sobre programas y productos propios no podrán superar los 5 minutos por horas de reloj.

Una vez impuesta la sanción, RTVE dispone de dos meses para recurrir la resolución ante la Audiencia Nacional. Del mismo tiempo dispone Mediaset para interponer un recurso contencioso-administrativo después de que el pasado dos de agosto recibiera otra sanción, en este caso de 365.301 euros en este caso por superar el tiempo máximo de emisión dedicado a la autopromoción, los mensajes publicitarios y la televenta. 

El otro artículo infringido en este caso, el 14.1, establece el límite de tiempo de emisión de publicidad de mensajes publicitarios y de televenta en 12 minutos por hora natural. La CNMC establece que para que las sobreimpresiones informativas sobre la programación del canal sean excluidas del cómputo de tiempo para la emisión de mensajes publicitarios, solamente deben contener el nombre del programa, el día y la hora de emisión.

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