
"La propuesta que vamos a trasladar al Congreso es que a partir del día 27 de abril, los menores de 14 años puedan acompañar a un adulto en las actividades que ya permite el decreto del estado de alarma". Estas son las palabras que la ministra María Jesús Montero ha anunciado este martes en la comparecencia posterior al Consejo de Ministros.
Se trata de una de las medidas que cambiarán de alguna forma la nueva prórroga del estado de alarma que entrará en vigor el próximo lunes y que se extenderá hasta el 9 de mayo.
Si bien, la medida -que está a la espera de aprobarse en el Congreso y publicarse detalladamente en el Boletín Oficial del Estado- ha generado cierta polémica, pues el 'desconfinamiento' de los menores no era tal y se les permitía, además, acudir solo a los supermercados o farmacias, entre otros. Es decir, puntos de alto de riesgo de contagio.
Tareas que ya estaban permitidas
Pero durante la tarde del martes, el Gobierno ha rectificado. Por tanto, los niños menores de 14 años sí que podrán salir a dar paseos, siempre, eso sí, acompañados de un adulto.
¿Quién puede acompañar al menor?
El menor tiene que ir acompañado por un adulto que tiene que ser la persona con la que habitualmente conviva. Es decir, su cuidador, sus progenitores, hermanos, etc.
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