Productores de frutas y hortalizas podrán crear circunscripciones económicas

  • El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto en el que se recogen las normas básicas para establecer "circunscripciones económicas" -regiones cercanas con condiciones de producción y comercialización homogéneas- y para la "extensión de normas" en el sector de las frutas y hortalizas.

Madrid, 19 jul.- El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto en el que se recogen las normas básicas para establecer "circunscripciones económicas" -regiones cercanas con condiciones de producción y comercialización homogéneas- y para la "extensión de normas" en el sector de las frutas y hortalizas.

Esta nueva normativa desarrolla la legislación comunitaria relativa a la extensión de normas -por parte de las Organizaciones de productores del sector hortofrutícola o sus asociaciones- que afectarán a los productores establecidos en una circunscripción económica, informó el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente en un comunicado.

La extensión de norma conlleva la obligación de asumir, por parte de los productores, normas, promovidas por una organización de productores o asociación representativa, aunque no pertenezcan a la misma, ha explicado el Departamento.

Para que la extensión de normas sea posible, será necesario que previamente la comunidad autónoma competente establezca lo que se conoce como "circunscripción económica", que serán zonas geográficas constituidas por regiones contiguas o cercanas en las que las condiciones de producción y comercialización de un producto "sean homogéneas", ha puntualizado el Ministerio.

La solicitud de creación de estas circunscripciones deberá ser presentada por una Organización de productores o asociación, cuya producción represente al menos un 50 por ciento del volumen en un producto determinado en la zona.

Para poder solicitar una extensión de normas, la organización de productores o asociación deberá cumplir unos requisitos de representatividad "aún más estrictos", de forma que deberá contar con al menos el 60 por ciento de la producción y el 50 por ciento de los productores, para el producto en cuestión y en la zona delimitada por la circunscripción.

Las normas a extender están definidas en la normativa comunitaria y hacen referencia a información sobre la producción, normas de producción y de comercialización, de protección al medio ambiente, y sobre promoción y comunicación en el contexto de la prevención y gestión de crisis.

Con este Real Decreto, se abre una nueva vía de trabajo para las organizaciones de productores y sus asociaciones, que podrán tener un papel más activo en la ordenación y regulación de los mercados, y en cuestiones fundamentales como la mejora de la calidad y la protección del medio ambiente.

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