R.Dominicana impide a mujer de origen haitiano viajar a reunión de la CIDH

  • Las autoridades migratorias dominicanas impidieron hoy a una mujer, a quien un falló judicial le negó la nacionalidad del país, viajar a EE.UU., donde iba a acudir, con un visado especial, a la sede de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para denunciar su caso.

Santo Domingo, 23 mar.- Las autoridades migratorias dominicanas impidieron hoy a una mujer, a quien un falló judicial le negó la nacionalidad del país, viajar a EE.UU., donde iba a acudir, con un visado especial, a la sede de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para denunciar su caso.

Juliana Deguis Pierre, nacida en el país pero de padres haitianos indocumentados, se presentó hoy en la madrugada al Aeropuerto Internacional de Las Américas (AILA), este de Santo Domingo, donde iba a tomar un vuelo junto a sus abogados con destino a la capital estadounidense, donde se encuentra la sede de la CIDH.

Sin embargo, la mujer fue retenida por las autoridades migratorias del AILA, quienes alegaron que esta no cuenta con un pasaporte, un requisito imprescindible para viajar, según informaron a periodistas los abogados de la mujer.

El Departamento de Estado de EE.UU. concedió recientemente a Deguis un visado especial para que acuda a la CIDH a denunciar su caso tras una polémica sentencia dictada en septiembre pasado por el Tribunal Constitucional (TC) local que niega la nacionalidad a las personas nacidas en el país pero de padre extranjeros ilegales.

Sin embargo, la Dirección Nacional de Pasaportes dominicano negó esta semana el documento a Deguis alegando que la mujer de 29 años no cuenta con la documentación requerida, entre ella la copia del acta de nacimiento certificada, para expedirle el pasaporte.

El TC argumentó en su sentencia dictada en septiembre de 2013 que, conforme al artículo 11.1 de la Constitución dominicana de 1966 (vigente a la fecha de nacimiento de Deguis Pierre), a ella no le corresponde la nacionalidad dominicana, y, por tanto, tampoco la cédula de identidad y electoral.

Según el tribunal, Deguis no demostró "que por lo menos uno de sus padres tuviera residencia legal en República Dominicana al momento de su nacimiento", el 1 de abril de 1984.

La decisión inapelable del TC fue tomada a raíz de un recurso de revisión de amparo interpuesto por Deguis contra la Junta Central Electoral (JCE) por una sentencia de un juzgado de primera instancia de Monte Plata, donde ella nació, que le negó el otorgamiento de la cédula de identidad y electoral.

La sentencia ha sido rechazada por organismo como la ONU, que señaló hace unos meses que decenas de miles de personas, que abarcan tres generaciones, podrían convertirse en apátridas, sin acceso a servicios básicos para los que se requiere un documento nacional de identidad.

Mientras que la organización Human Rights Watch (HRW) calcula que de los 9,5 millones de habitantes que tiene el país caribeño, se verían afectados unos 240.000 por la sentencia.

Mostrar comentarios