Sermas indemnizará a una familia de Valladolid por cirugía errónea a un niño

  • La Justicia ha condenado al Servicio Madrileño de Salud (Sermas) a pagar algo más de 150.000 euros por los "graves daños neurológicos" ocasionados en 2007 en el Hospital Niño Jesús a un niño de Valladolid a quien le fue realizada una punción cerebral errónea.

Madrid, 2 abr.- La Justicia ha condenado al Servicio Madrileño de Salud (Sermas) a pagar algo más de 150.000 euros por los "graves daños neurológicos" ocasionados en 2007 en el Hospital Niño Jesús a un niño de Valladolid a quien le fue realizada una punción cerebral errónea.

Según un comunicado enviado hoy por el Defensor del Paciente, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid ha condenado al Sermas por los "daños y perjuicios" ocasionados al menor -que padece una minusvalía del 36 %- y a sus padres.

La sentencia explica que el "grave e inexcusable error" en la intervención a la que fue sometido el niño para drenar unos abscesos en su cerebro consistió en la errónea marcación de las "dianas de abordaje quirúrgico".

Como consecuencia de este procedimiento equivocado, la punción fue realizada "justo al lado contrario que estaba indicado, extrayéndose material cerebral sano, en lugar del material purulento, dañando así con la trayectoria de la aguja de drenaje tejido cerebral sano".

El Defensor del Paciente dice en su comunicado que pese al gravísimo error habido en la intervención la Comunidad de Madrid "nunca reconoció su responsabilidad" en relación a las lesiones ocasionadas al niño, motivo por el cual la familia inició el procedimiento con el asesoramiento del Defensor del Paciente.

Según la sentencia, los hechos se produjeron en noviembre de 2007, cuando el menor, de 6 años de edad, fue diagnosticado de abscesos cerebrales que requerían intervención quirúrgica urgente.

El menor fue derivado desde Valladolid, donde reside, al madrileño Hospital Niño Jesús, precisamente para la realización de tal intervención, dada la especialidad de este centro.

Al preparar la intervención, realizada el 12 de noviembre de 2007, fueron marcadas erróneamente las "dianas de abordaje", de tal forma que fueron realizadas las punciones cerebrales en parietal izquierda y temporal derecha, cuando debieron haberse realizado sobre parietal derecha y temporal izquierda.

El error "palmario", como consecuencia del cual se puncionó y drenó material cerebral sano, fue reconocido desde el primer momento por el propio Hospital Niño Jesús.

La sentencia explica que una segunda intervención para drenar correctamente los abscesos cerebrales que el menor sufría fue realizada dos días más tarde, cuando fue extraído el material purulento.

Como consecuencia del error quirúrgico, dice la sentencia, en el postoperatorio inmediato se evidenció déficit motor en miembro inferior derecho, que ha precisado de tratamiento de rehabilitación durante tres años, iniciándose el día 16 de enero de 2008 y finalizando el día 20 de diciembre de 2010, logrando únicamente una mejoría parcial.

El niño, afectado por un déficit de movilidad, ha precisado también de una prótesis en el pie derecho y sufre secuelas como monoparesia en pierna derecha y perjuicio estético derivado de la cojera que sufre, y alteración de la marcha y de la estabilidad.

La sentencia indemniza al niño y a sus padres con un total de 157.558 euros por las secuelas, por los 1.092 días que duró la curación del menor, por los gastos sufragados por la familia en los tratamientos de rehabilitación y en material de ortopedia y por los daños morales causados.

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