TS rechaza computar como prisión preventiva la condena a un etarra en Francia

  • El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado computar como prisión preventiva los tres años de condena que cumplió el etarra Aitzol Gogorza Otaegi en Francia y que con ello pretendía que se le rebajara el tiempo máximo de estancia en prisión.

Madrid, 1 mar.- El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado computar como prisión preventiva los tres años de condena que cumplió el etarra Aitzol Gogorza Otaegi en Francia y que con ello pretendía que se le rebajara el tiempo máximo de estancia en prisión.

Gogorza es uno de los trece presos de la banda terrorista para los que el movimiento de apoyo a los reclusos etarras ha pedido a Instituciones Penitenciaria su liberación por tener enfermedades graves.

En abril del pasado año, Prisiones le trasladó de Sevilla a la cárcel de Basauri (Vizcaya) por padecer un grave trastorno mental con "tendencias suicidas", por lo que se le aplicó el protocolo de prevención de suicidios.

En la sentencia hecha pública hoy, la Sala de lo Penal del TS desestima el recurso de Gogorza contra el auto de la Audiencia Nacional por el que en marzo de 2012 se le denegó computar como prisión preventiva la pena que cumplió en Francia, manteniéndole la fecha fijada para la liquidación de condena.

Según el alto tribunal, "en ningún caso un mismo periodo de privación de libertad puede ser computado en más de una causa, zanjando definitivamente la polémica del abono de la prisión preventiva en los casos de refundición de condenas".

En cuanto a la indebida aplicación de la nueva regulación del artículo 58.1 del Código Penal, de junio de 2010, alegada por Gogorza, el TS precisa que "ese nuevo precepto no afecta a los supuestos de condenas múltiples impuestas con anterioridad a su entrada en vigor, en donde todavía es posible el doble cómputo de la prisión preventiva".

Gogorza cumplió condena en Francia desde el 20 de septiembre de 2001 "hasta el momento en que éste es entregado a las autoridades españolas el 15 de julio de 2004, y en la resolución de entrega del mismo no se alude para nada al hecho de que haya estado cumpliendo prisión provisional por la presente causa".

Por ello, el Supremo entiende que ese periodo "no puede ser abonado como prisión provisional" porque se encontraba cumpliendo una condena.

El etarra fue detenido en diciembre de 1999 en un control de carreteras cerca de la localidad francesa de Mont de Marsan.

En el momento de su detención, a Gogorza le fue intervenida el arma con la que el 10 de febrero de 1997 fue asesinado en Madrid el magistrado del Tribunal Supremo Rafael Martínez Emperado

A su llegada a España, la Audiencia Nacional condenó a Gogorza, en junio de 2005, a 20 años y 8 meses de prisión por el intento de asesinato en 1997 del funcionario de la prisión donostiarra de Martutene Juan José Baeza, que sobrevivió a pesar de recibir un disparo en el cuello.

Mostrar comentarios