TSJ condena a Administración Murcia a pagar parte de la paga extra de Navidad

  • La Administración de Murcia deberá abonar a su personal laboral la parte proporcional de la paga extraordinaria de Navidad de 2012 correspondiente al mes y medio que ya había transcurrido cuando el Gobierno central aprobó el real decreto por el que se establecían medidas de recorte a causa de la crisis.

Murcia, 4 jun.- La Administración de Murcia deberá abonar a su personal laboral la parte proporcional de la paga extraordinaria de Navidad de 2012 correspondiente al mes y medio que ya había transcurrido cuando el Gobierno central aprobó el real decreto por el que se establecían medidas de recorte a causa de la crisis.

Según la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región, las modificaciones acordadas por el Ejecutivo regional en aplicación del citado real decreto, deben ser rechazadas porque "se está ante una norma no favorable y restrictiva de derechos para el trabajador, por lo que no se puede aplicar con carácter retroactivo".

La Sala, que tiene como ponente al magistrado Joaquín Ángel de Domingo, desestima la petición de los servicios jurídicos de la comunidad autónoma, que en la vista del recurso planteado por el comité de empresa del personal laboral de la Administración, pidió que planteara una cuestión de inconstitucionalidad.

El TSJ no lo cree necesario y al estimar la petición hecha con carácter subsidiario por el citado comité, condena al Ejecutivo murciano a pagar la parte proporcional de la paga extraordinaria de Navidad de 2012.

La misma Sala, con ponencia, en este caso, del magistrado Manuel Rodríguez, ha dictado otra sentencia, dada a conocer igualmente hoy, en la que estima el recurso que varios sindicatos formularon contra el Servicio Murciano de Salud (SMS) con la mismas finalidad.

Esta segunda resolución da la razón, igualmente, a los demandantes con la misma argumentación de que las normas restrictivas de derechos no pueden ser aplicadas con carácter retroactivo.

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