Barcelona, 3 jun.- El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha confirmado la nulidad de la decisión de una empresa de construcción de trasladar a Barcelona a una trabajadora que estaba destinada en Irlanda del Norte, después de que ésta acumulase bajas por problemas de salud y por maternidad.
La Sala Social del alto tribunal considera discriminatoria por razón de sexo la decisión de la empresa, FCC Construcción, de trasladar a la trabajadora, tal y como había ya declarado un juez de lo social, y ha decidido mantener la condena a la compañía de pagar una indemnización por daños y perjuicios, así como devolverla a su puesto de trabajo, según ha informado hoy CCOO en un comunicado.
La trabajadora fue destinada por FCC Construcción a Irlanda del Norte para realizar la asistencia administrativa en la obra del Hospital New Acute for South West, en la población de Enniskillen, y fue trasladada a Barcelona antes de que acabara la construcción.
Durante su estancia, esta empleada se quedó embarazada y tuvo que coger varios periodos de baja por problemas de salud relacionados con su situación y, tras dar a luz, se benefició de la baja por maternidad y del permiso por lactancia.
Poco después, la constructora rescindió su contrato en el extranjero y la trasladó a Barcelona, de manera inmediata, sin otorgarle ninguna tarea concreta.
La sentencia, que aún no es firme, relaciona directamente el traslado con el embarazo de la mujer y reconoce el derecho de la trabajadora a continuar en su puesto de trabajo en Irlanda del Norte, aunque reduce la indemnización que el juzgado de lo social de Barcelona había acordado para la trabajadora.
Hemos bloqueado los comentarios de este contenido. Sólo se mostrarán los mensajes moderados hasta ahora, pero no se podrán redactar nuevos comentarios.
Consulta los casos en los que lainformacion.com restringirá la posibilidad de dejar comentarios