Un año de cárcel por colocar artefacto bajo autobús en huelga general de 2012

  • La sección primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado hoy a un año de cárcel a un simpatizante de Segi que colocó un artefacto explosivo bajo un autobús en Balmaseda (Vizcaya) durante la huelga general del 29 de marzo de 2012 y para el que la Fiscalía pedía cinco años de prisión.

Madrid, 17 feb.- La sección primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado hoy a un año de cárcel a un simpatizante de Segi que colocó un artefacto explosivo bajo un autobús en Balmaseda (Vizcaya) durante la huelga general del 29 de marzo de 2012 y para el que la Fiscalía pedía cinco años de prisión.

El tribunal ha absuelto al acusado Imanol González de los delitos de pertenencia a ETA y de tenencia de explosivos, de los que le acusaba la Fiscalía, al entender que no quedaba probada su pertenencia a la organización juvenil Segi y que tampoco había constancia de que hubiera fabricado alguna vez otro artefacto ni que tuviera material para confeccionar otros.

La Sala explica en su sentencia que la confección y colocación del artefacto explosivo junto a la rueda trasera derecha de un autobús de línea se realizó "como consecuencia de una actividad relacionada con la huelga general" con la pretensión de "la destrucción de material de transporte, como es un autobús".

El artefacto finalmente no estalló gracias a su localización y desactivación por parte de la Ertzaintza en la madrugada de la jornada de huelga.

Por ello le condena como autor de un delito de estragos en grado de tentativa y otro de daños, ya que se ha podido comprobar la autoría gracias a que su perfil genético coincide con el encontrado en el cordel del explosivo que fue interceptado por la Ertzaintza en la madrugada de la huelga general y que, por ello, no llegó a explotar.

El artefacto de tipo mixto (explosivo e incendiario) estaba integrado por una mecha confeccionada con una varilla aromática de quemar como unidad de tiempo, un cohete volador "tipo trueno" y tres botellas de plástico que contenían gasolina en su interior, según detalla la Sala.

Todo ello estaba unido por bridas e hilo blanco, de forma que, según advierten los magistrados, la explosión del cohete habría provocado la combustión de la gasolina y, por tanto, la calcinación del autobús, algo que se pudo evitar gracias a la intervención de la policía autonómica.

En el registro del domicilio del acusado y de otros lugares que solía frecuentar, como una herriko taberna, se encontraron bridas blancas, aerosoles de pintura, una talla de madera con el anagrama de ETA y una makila (bastón) con el anagrama de la organización ilegalizada de la rama juvenil de Batasuna, Segi, así como varios carteles o una pancarta de esta organización.

La Sala admite que González Pardo "está próximo, cuando menos a la ideología de Segi" y destaca que, de hecho, esta organización ilegal, calificada como terrorista por la jurisprudencia del Tribunal Supremo, "utiliza medios como el hoy enjuiciado".

Sin embargo sostiene que los hechos no pueden calificarse como un delito de pertenencia a banda armada porque se carece "del elemento subjetivo de la actividad relacionada aun sin pertenencia con organización o grupo terrorista que se establece como inicial premisa del tipo", es decir, no hay indicios de que González Pardo pertenezca a la organización juvenil ilegalizada por su aspecto terrorista.

El acusado se negó a declarar durante el juicio, que concluyó el 29 de marzo de 2012 y en el que el fiscal, Daniel Campos, le acusó de los delitos de daños terroristas, tenencia de explosivos y pertenencia a banda armada.

González Pardo, de 24 años, fue el número 6 de la candidatura que Acción Nacionalista Vasca (ANV) presentó en las elecciones municipales de 2007 para el Ayuntamiento de Karrantza, cercano a Balmaseda, donde fue arrestado.

En su sentencia, la Sala inhabilita a González para ejercer el derecho pasivo, es decir ser elegido como representante político, durante el tiempo de la condena y durante cuatro años más desde su cumplimiento.

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