Un juez de la A.Nacional ve a D3M y Askatasuna como el entramado civil de ETA

  • El juez de la Audiencia Nacional Nicolás Poveda cree que los once miembros de D3M y Askatasuna absueltos hoy debían haber resultado condenados por formar parte del "entramado civil" de ETA, ya que "aquellos que se integran en las derivaciones" de la banda, "lo están haciendo en ésta".

Madrid, 18 jun.- El juez de la Audiencia Nacional Nicolás Poveda cree que los once miembros de D3M y Askatasuna absueltos hoy debían haber resultado condenados por formar parte del "entramado civil" de ETA, ya que "aquellos que se integran en las derivaciones" de la banda, "lo están haciendo en ésta".

Así lo expone el magistrado en un voto particular discrepante de la sentencia de este tribunal que ha absuelto de pertenencia a ETA a la portavoz de D3M Amparo Lasheras y a Agurtzane Solabarrieta, Arantza Urkaregi, Elisabeth Zubiaga, Iker Rodrigo, Imanol Nieto, Hodei Egaña, Unai Berrostegieta y Zuriñe Zorrozua, y de colaboración al presidente de Askatasuna, José Antonio Munduate, y el secretario, Xabier Isasa.

D3M son las iniciales en euskera de Democracia Tres Millones, la plataforma electoral que intentó concurrir a las elecciones vascas de 2009.

Según Poveda, todos ellos dieron "cobertura electoral" a una opción política articulada por una serie de plataformas, como estas dos, que fueron ilegalizadas por el Tribunal Supremo y el Constitucional, por ser el "brazo de la banda armada para actuar en el ámbito político-civil".

Rechaza el argumento de sus compañeros, que han concluido que promover candidaturas "ideológicamente asociadas a la izquierda abertzale" no supone que apoyasen a la banda "de una forma consciente y deliberada", para recalcar que los acusados tuvieron una participación "activa" y "no negada" en hacer cumplir "las órdenes de ETA".

Se refiere así a las manifestaciones hechas por los procesados durante el juicio celebrado el pasado mes de mayo, cuando negaron haber trabajado al servicio de ETA para la creación de estas plataformas y aseguraron que sus formaciones no querían continuar con la estrategia de Batasuna.

En opinión del magistrado, el hecho de que aludieran a que su actividad electoral "se llevaba a cabo para llenar el vacío dejado por las ilegalizaciones" de partidos y agrupaciones vinculadas a la banda supone un "reconocimiento expreso de su consciencia en la continuidad y la actividad" de aquellas.

"Aquellos que se integran en esas derivaciones de ETA, lo están haciendo en ésta, ya que aquellas son ETA desde su creación", subraya el voto particular.

Por ello, considera que los acusados, para los que el fiscal reclamaba penas de entre seis años y cinco meses a cinco años de prisión por pertenencia o colaboración con ETA, debían haber sido condenados por estos delitos.

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