Valencia pide reformar su estatut para ponerse a la altura de cataluña y andalucía en financiación


El Pleno del Congreso de los Diputados debate este martes una reforma puntual del Estatut d’Autonomia de la Comunitat Valenciana, a propuesta de Les Corts, por la que persigue situarse a la misma altura que Cataluña y Andalucía en materia de financiación por parte del Estado, de acuerdo con lo establecido en sus respectivas reformas estatutarias.
En concreto, la Cámara Baja aborda la aprobación mediante ley orgánica de la modificación de la disposición adicional primera del Estatut valenciano de modo que “la inversión del Estado” en la región excluido el Fondo de Compensación Interterritorial, “será equivalente al peso de la población” de la Comunitat sobre el conjunto del Estado “por un periodo de siete años”.
En su justificación, el Parlamento valenciano afirma no querer estar “por encima de ningún otro territorio dentro de España”, pero agrega que “tampoco va a consentir que sus legítimas aspiraciones se vean truncadas por la consolidación de un modelo asimétrico en el que unas comunidades autónomas puedan, en detrimento de otras, acceder a más competencias, a más financiación, a más inversiones o a más infraestructuras”.
Señalan Les Corts que tanto en el caso de Andalucía como en el de Cataluña, sus nuevas normas institucionales básicas incluyen sendas disposiciones adicionales para “garantizar un volumen permanente y estable de inversiones estatales” en sus respectivos territorios.
Así, para Cataluña, apunta, la inversión del Estado en infraestructuras, excluido el Fondo de Compensación Interterritorial, se equiparará a la participación relativa del PIB de esa comunidad con relación al PIB del Estado para un periodo de siete años. Para el caso andaluz, la inversión estatal será equivalente al peso de la población de esa comunidad sobre el conjunto del Estado, también para un periodo de siete años.
El Parlament explica ahora que en su día Valencia desestimó incluir en su nuevo Estatut cláusulas o previsiones que, afirma, “pudieran condicionar indebidamente al Estado en el ejercicio de sus competencias y que, por eso mismo, pudieran ser dudosamente compatibles con la Constitución”.
Sin embargo, este nuevo paso que da ahora se funda en la resolución del Tribunal Supremo sobre el Estatut de Catalunya, en concreto en el Fundamento Jurídico 138 de su sentencia 31/2010, de 28 de junio, según el cual “es el propio Estado el que, atendiendo a todas las variables concurrentes en cada caso, debe decidir si procede dotar, y en qué cuantía, las asignaciones correspondientes”.
Por ello, de acuerdo con la perspectiva abierta por el Alto Tribunal, y “como quiera que, por un lado, el pueblo valenciano aspira legítimamente a recibir del Estado el mismo trato que el pueblo catalán o el andaluz (…) no se hace sino reivindicar para la Comunidad Valenciana lo que el TC ha dicho que es legítimo para para otras comunidades autónomas”.
En conclusión, de ser aceptada esta reforma estatutaria, Valencia se verá favorecida por parte del Estado de una inversión, excluido el Fondo de Compensación Interterritorial, que será equivalente al peso de su población sobre el conjunto del Estado por un periodo de siete años.

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