Opinión 

Falta de organización o plantillas poco compensadas, los problemas de la justicia

Mazo juez
Mazo juez
L.i.

Los problemas del funcionamiento de la justicia son muy variados. Una planta territorial desactualizada, una plantilla poco compensada, no suficientemente organizada ni gestionada, un cuerpo de jueces y magistrados con una carrera muy limitada y una organización territorial y competencial pensada en clave tan disfuncional que bien podría pensarse que se concibió para que el sistema no funcionara nunca.

El resultado final es que la sociedad no percibe que este servicio sea tal. La lentitud, la demora y los problemas adicionales para hacer ejecutar lo juzgado están condicionando la credibilidad del sistema y basta con ver la evolución de los estudios sociológicos en esta materia.

Adicionalmente los problemas no son solo de los ciudadanos, también, lo son del mundo económico y del mercado. De ahí que, cuando es posible, por razón de la propia capacidad económica se busquen soluciones extrajudiciales a los conflictos entre partes. El tiempo y la solvencia se vuelven elementos indispensables para los agentes económicos que, a menudo, no encuentran en el sistema judicial la solución que necesitan.

En este estado de cosas, abandonada la Justicia por los Poderes Públicos, por los partidos políticos y por todos los que tienen responsabilidades, en particular, se produce la reforma de la jurisdicción contencioso-administrativa de junio de 2023 en un Real Decreto-ley, dictado una tarde de verano, y en el que solo ha faltado cambiar el rumbo del mundo.

La jurisdicción contencioso-administrativa es sumamente relevante en un Estado. Es la forma de control del poder. Es la lucha de David contra Goliat. Es una lucha desigual pero apasionante porque, finalmente, es la que dota de credibilidad al sistema jurídico al comprobar como los Poderes Públicos pueden ser corregidos por un órgano jurisdiccional independiente, profesional y organizado. Es el cierre del sistema y el elemento de mayor credibilidad en un sistema judicial.

Sin embargo, el RDL 5/2023 ha querido llevar el servicio de justicia a un servicio de “modelos”. Se apuesta por la estandarización, la categorización de materias, la resolución de uno y la aplicación a muchos o a todos del criterio fijado por el más alto Tribunal. En este punto es razonable una rebelión pacífica contra la justicia de modelos porque en el final de este modelo está la inteligencia artificial que seleccionará mejor los asuntos y la categorización.

De alguna forma es necesario prevenir y alzar la voz para devolver a la tutela efectiva su verdadero valor, el valor del análisis de la propia posición, de los argumentos, de los razonamientos y de las propias peticiones. Categorizar por materias o tipos de temas y propiciar sentencia de modelo – aunque el modelo lo haga el Tribunal Supremo- aleja a la sociedad de la justicia del mismo modo que alejaría a los pacientes de la medicina que le operaran con la radiografía del vecino por el simple hecho de que la patología es común.

Los ciudadanos, las empresas, las Administraciones Públicas invierten dinero y tiempo en buscar su mejor defensa, en argumentar sus peculiaridades, en pocas palabras, en luchar por “lo suyo” con sus armas, con sus argumentos, con sus profesionales, con sus procesos. Todo esto mueve un volumen de esfuerzos y de dinero que no puede defraudarse con la “paquetización” de los asuntos por tipo de materias y/o de cuestiones planteadas.

Estos pasos van en una mala dirección. El funcionamiento de un servicio no pasa por conseguir “soluciones de modelo” o “aproximadas” sino pensar en qué funciona mal, gestionar las deficiencias, conseguir que funcione pero que funcione en términos de satisfacción.

Realmente va a resultar muy difícil hacerle crear a los usuarios que las soluciones de modelo, aunque el modelo lo establezca el Tribunal Supremo. Por el contrario, necesitamos que el Tribunal Supremo tenga los medios necesarios para no tener que “paquetizar”, que los órganos jurisdiccionales puedan analizar sus asuntos aplicando la jurisprudencia razonablemente y siendo conscientes que el progreso y el cambio de la jurisprudencia viene de la percepción social que, muy a menudo, es asumida antes que nadie por los Tribunales de Instancia. Si los tribunales de instancia reparten modelos, la jurisprudencia no evolucionará, la percepción social no se introducirá en la aplicación de las normas y, en general todo, acabará sometido a un grado de anquilosamiento que resulta muy peligroso para la propia evolución de la sociedad.

Los problemas de gestión deben tener soluciones de gestión, pero no confundir la tramitación y resolución de asuntos con la merma o la intensidad del enjuiciamiento del juez. Creer en el criterio, en la visión, en el conocimiento y en la entrega de los titulares de los órganos jurisdiccionales es lo que nos aparta de admitir soluciones que afectan al contenido material de la resolución solo porque hay atasco (esto es lo que dice la Exposición de motivos). El atasco es un problema de gestión y la solución no debe afectar al sistema.

La intensidad del conocimiento y de la resolución de cada tema es lo que hace que todos creamos en la justicia. Ganar o perder no es intrascendente si uno encuentra una justificación y una autorización/desautorización de tus argumentos. Este es el verdadero servicio y no un modelo entregado con la mayor rapidez. Los modelos y la “paquetización” nos llevarán irreductiblemente a la inteligencia artificial que nos supera en estos procesos, pero no en la formulación argumental de la diferencia y de los criterios aplicativos.

Con la máxima broma podríamos gritar al viento que los cambios de las tardes de verano deberían hacerse con gaseosa y sin afectar al sistema. 

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