Los múltiples (y complicados) pasos que hay que seguir para abrir un comercio en España

  • El Gobierno quiere agilizar o incluso eliminar la licencia de apertura. El objetivo es que si un emprendedor quiere abrir un comercio en nuestro país no se encuentre con una montaña de requisitos administrativos. Hasta que la promesa del Ministerio de Economía no se cumpla, todo esto es lo mínimo que hay que hacer para montar una tienda.
El comercio perdió 16.800 empresas y cerca de 59.000 empleos en 2010
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Álex Medina R.

¿Le gustaría montar una tienda de ropa infantil? ¿O de calzado joven? Seguramente, habrá oído mil tópicos sobre lo complicado que es montar un bar, pero muchos menos sobre lo realmente difícil que es abrir al público cualquier tipo de comercio en España.

Y eso es lo que quiere cambiar ahora el Ministerio de Economía y Competitividad, cuyo titular anunció ayer la agilización de las licencias de apertura u obra que conceden en estos momentos los ayuntamientos. La medida no sólo persigue la rapidez en la concesión, sino terminar con las mútiples normas autonómicas.

Justo en un momento en el que se destruyen a miles unidades comerciales en España, Luis de Guidos planteó incluso la desaparición de las licencias previas de apertura.

Pero, ¿en qué consisten estos requisitos? ¿Qué se exige? ¿Cuánto se tarda en que eche a andar un negocio?

Para analizar los pasos que se deben dar para abrir un comercio, seguiremos la legislación andaluza (y su manual para la creación de empresas, elaborado por la patronal CEA), ya que, en líneas generales, es muy similar al resto.

1. ¿Cuántos trámites hay que cumplir? Depende del tipo de negocio que se desee iniciar y cómo. Si no se requiere ningún tipo de obra y se trata de una actividad inocua, la apertura será sencilla. Pero hay otras tiendas que exigen entre 7 y 10 trámites diferentes (registros, autorizaciones, altas, declaraciones, liquidaciones, etcétera).

2- ¿Qué tipo de actividades requieren un permiso especial? Hay una serie de comercios que precisan de una calificación ambiental que, en cada caso, será de un tipo distinto.

Serían los siguientes: supermercados y autoservicios; almacenamiento y venta de artículos de droguería y perfumería; carnicerías, almacenes o venta de carnes; pescaderías, almacenes o venta de pescado; panaderías u obradores de confitería; almacenes o venta de congelados; almacenes o venta de frutas o verduras; almacenes y venta de productos farmacéuticos; estaciones de servicio dedicadas a la venta de gasolina y otros combustibles; y establecimientos de venta de animales.

3- ¿Qué regula la licencia de obras? Se trata de la autorización necesaria para poder realizar cualquier tipo de obras. A grandes rasgos, existen dos tipos de licencias: Licencia de obras menores y Licencia de obras mayores.

La menor es aquella de construcción o demolición en un inmueble, de sencilla técnica y escasa entidad constructiva económica, que no suponga alteración del volumen, del uso, de las instalaciones de uso común, o del número de locales, y que no precise proyecto firmado por profesionales titulados.

En algunos municipios, la realización de obras de acondicionamiento menor de locales, que no afecten a la estructura, distribución ni aspecto exterior de los mismos, no están sujetas a la obtención de Licencia de Obras. En este caso, bastaría una comunicación previa, junto con la presentación de los planos de situación, descripción de las obras y valoración de las mismas.

La licencia de obras puede solicitarse con anterioridad a la licencia de apertura o bien simultáneamente y las obras podrán ejecutarse hasta 6 meses después de concedida la licencia.

4. ¿En qué consiste la licencia de apertura? Es una autorización administrativa que tiene por finalidad contrastar si se ha respetado en la realidad la licencia de obras, comprobando si se han cumplido o no las condiciones establecidas en dicha licencia y controlando si el establecimiento reúne las condiciones idóneas de seguridad y salubridad y puede habilitarse para el uso comercial a que se destina.

Por otra parte, no podrá otorgarse licencia municipal de apertura referida a las actuaciones sujetas a calificación ambiental (se explica a continuación), hasta tanto se haya dado total cumplimiento a dicho trámite, ni en contra de lo establecido en la resolución de calificación ambiental.

5- ¿Cuánto se tarda en abrir un comercio? Meses, en el mejor de los casos. En la licencia de apertura se aplica el silencio administrativo, por lo que a los tres meses se podría abrir de forma eventual mientras no se obtiene el visto bueno definitivo. El lado malo de esta opción es que el Ayuntamiento encuentre defectos a posteriori, con lo que habría que hacer frente a las correspondientes multas.

En cualquier caso, es complicado conseguir una autorización antes de los tres meses en cualquier lugar de España.

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