Los inspectores piden reducir de 800 a 100 los cargos nombrados a dedo en la Agencia

    • Proponen una profunda reordención interna de la Agencia Tributaria que sólo dejaría en manos del director general de turno el nombramiento de la Alta Dirección.
    • Los cargos intermedios y de carácter técnico serían provistos por concurso y no podrían ser cesados salvo por motivos disciplinarios.

La figura del cesante fue descrita con singular maestría por Ramón de Mesonero Romanos. "Hombre público reducido a una especie de muerte civil, ocasionada, no por la notoria incapacidad del sujeto, no por los delitos y faltas cometidas en el desempeño de su destino, sino por un capricho de la fortuna, o más bien de los que mandan en la fortuna, por un vaivén político, por aquella ley, en fin, de la física que no permite a dos cuerpos ocupar el mismo espacio".

Este fragmento fue escrito en 1851 y no deja de sorprender comprobar como en el año 2013 hay cosas en la dinámica de la Administración que no han cambiado tanto.

Por ejemplo, que continúe habiendo un número importantísimo de altos cargos públicos que puedan ser nombrados o destituídos a placer sin más justificación que la existencia de un marco legal que lo permite.

Lo sucedido en los últimos días en el Departamento de Inspección de la Agencia Tributaria es un ejemplo paradigmático. El interminable goteo de ceses y renuncias vivido en los últimos días ha sido normalizado desde la dirección de la Agencia y desde el Ministerio de Hacienda como una "normal reorganización" en el departamento.

Una "normal reorganización" que según fuentes no oficiales de la Agencia Tributaria se ha llevado ya por delante unos 300 cargos, entre altos e intermedios, de los aproximadamente 800 de libre designación que algunos como la Organización de Inspectores de Hacienda calculan que hay en la institución.

Ojo, no se trata de ningún fenómeno excepcional. Cada vez que cambia el Gobierno, el ministro de Hacienda o, simplemente, el director general de la Agencia Tributaria esta clase de movimientos vuelve a reproducirse, alentados por un sistema de designación de cargos volcado a la libre designación.Menos libre designación, más concurso

Según los datos que maneja la Organización de Inspectores de Hacienda, en el Área de Inspección de la Agencia Tributaria prestan servicio unos 1.800 inspectores, de los cuales unos 800 ocupan cargos a los que se accede por libre designación, es decir, por la decisión potestativa del director general de la Agencia o de algún responsable de departamento nombrado por él.

"Hay delegaciones provinciales de pequeño tamaño que están compuestas íntegramente por personal de libre designación", señalan desde la Organización de Inspectores.

En su opinión, este singular esquema alienta las sospechas de clientelismo y politización de la Agencia Tributaria, al mismo tiempo que cuestiona su independencia.

Para eliminar cualquier sombra de sospecha, los inspectores están a punto de elevar al ministro de Hacienda una propuesta para abordar una profunda reorganización interna de la Agencia Tributaria que reduzca de 800 a poco más de un centenar los cargos que pueden ser nombrados a dedo dentro de la organización.

El planteamiento reserva la libre designación a un puñado de altos cargos que, se entiende, deben estar alineados con los planteamientos de la dirección por una cuestión de operatividad, y somete la ocupación de los otros 700 (de carácter más técnico) a un proceso de concurso en función de criterios de mérito y capacidad.

El esquema funcionaría así:

1. Una alta dirección de libre designación por parte del director general. Los inspectores de Hacienda consideran que hay alrededor de un centenar de altos cargos que se pueden entender como de máxima confianza que deben poder ser designados de forma directa por el director general de la Agencia Tributaria.

Entrarían aquí los máximos responsables de los Departamentos, Unidades y Servicios de la Delegación Central de la Agencia, los Delegaciones Especiales en cada comunidad autónoma y los máximos responsables de nivel provincial.

Los inspectores entienden que esta Alta Dirección desempeña unas funciones de coordinación organizativa y de política tributaria que es compatible con la designación directa por parte del director general.

Su cese podría ser decidido directamente por el director general.

En la actualidad, estos cargos son propuestos por el director general de la Agencia Tributaria y designados en última instancia por el secretario de Estado de Hacienda.

2. Un grupo de cargos intermedios nombrados por una fórmula mixta. Los inspectores de Hacienda encuadran en este grupo a jefes de delegación, inspectores jefes y toda una serie de cargos intermedios con ciertas responsabilidades organizativas, pero con un perfil eminentemente técnico.

A día de hoy estos niveles son designados a dedo. La propuesta de Inspectores de Hacienda del Estado es establecer para su nombramiento un sistema mixto, en virtud del cual una comisión técnica designaría una terna de candidatos entre los funcionarios más capaces para el puesto y luego sería el director general u otro alto cargo el que escogería un nombre de esa terna.

Su permanencia en el cargo tendría un horizonte temporal determinado, según la propuesta de los inspectores de entre cuatro y seis años, y no podrían ser cesados ni por el director general ni por los cargos de alta dirección salvo por motivos disciplinarios o incumplimiento manifiesto de las responsabilidades fijadas en el concurso.

3. Concurso puro para cargos de carácter técnico. Pero es que dentro del sistema actual hay cargos de carácter puramente técnico que también están sujeto a la libre designación. Por ejemplo, el de la inspectora de la Delegación de Grandes Contribuyentes que fue cesada fulminantemente a cuenta del ya famoso expediente de Cemex.

Su función consistía básicamente en tramitar las actas de disconformidad de las empresas y resolver los recursos de reposición que se pudieran plantear según los criterios fijados en su Delegación, un trabajo de carácter netamente técnico que no evitó que fuera relevada del cargo por sus superiores.

Los inspectores creen que esto no debería repetirse y que estos puestos de carácter técnico deben ser ocupados por concurso de plazas y gozar de la inamovilidad asociada a este sistema de cobertura de vacantes.

"Lógicamente, los funcionarios en estos puestos no podrían ser cesados, salvo por las supuestos que ya se recogen en la normativa sobre empleados públicos, pero en ningún caso por la decisión potestativa de un cargo", señalan desde Inspetores de Hacienda.

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