Los proveedores comenzarán a cobrar sus facturas de la Administración en mayo

  • El tan ansiado cobro de facturas públicas que adeudan los ayuntamientos tendrá que esperar un poco más, hasta el próximo mes de mayo como mínimo. Según los plazos que ha adelantado hoy el Gobierno, no será hasta dentro de dos meses cuando el mecanismo prometido de pago inmediato eche a andar.
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Álex Medina R.

Si usted es uno de los múltiples autónomo, empresario o emprendedor que lleva meses esperando cobrar de su ayuntamiento, aún tendrá que esperar un poco más. Como mínimo hasta el mes de mayo. Y eso si su Ayuntamiento está dispuesto a endeudarse más para adelantar sus obligaciones.

Pese a que el anuncio realizado durante esta semana por el ministro de Hacienda de que el plan era inminente, al final los plazos legales son los que son y el Gobierno, según ha reconocido en una nota de prensa, no espera empezar a abonar antes del mes de mayo y ha dejado claro que el mecanismo especial sólo estará vigente durante el actual año.

Y es que antes de empezar a ponerse al día, los ayuntamientos tendrán que presentar ante el Ministerio todas las facturas pendientes y luego, un plan de viabilidad en el que explique cómo hará frente a ese nuevo endeudamiento. Para lo primero, tienen hasta el 15 de marzo; y para lo segundo, hasta el 30.

Después, Hacienda estudiará toda la documentación durante los siguientes 30 días, con lo que hasta que no pase todo abril no se puede esperar ningún nuevo avance.

¿Y quién puede acceder a este nuevo mecanismo? Según ha explicado el Ministerio, la  primera condición que debe cumplir el proveedor "es que se trate de obligaciones pendientes de pago generadas por obras, servicios o suministros realizados antes del 1 de enero de 2012 y que, además, se trate de contratos incluidos en el ámbito de lo recogido en la Ley de Contratos del Sector Público".

Por si hay dudas, las entidades locales permitirán a los contratistas consultar su inclusión y las cuantías que les afecta. En el caso de que no aparezcan en el listado los contratistas aportando la documentación necesaria, podrán reclamar a su ayuntamiento que emita un certificado individual y éste no podrá negarse.

La norma contempla que el incumplimiento por parte de los funcionarios competentes de las obligaciones de expedición de certificaciones y comunicaciones previstas tendrá la consideración de faltas muy graves.

¿Y cómo se cobrará? El mecanismo, cuya configuración exacta aún tiene que concretarse, fijará como criterios para la prioridad de cobro el descuento ofertado sobre el importe principal de la obligación pendiente de pago (es decir, quien se aplique una quita o perdone parte de lo debido) o la antigüedad de la factura.

Todos aquellos proveedores o contratistas que tengan derecho al cobro podrán voluntariamente hacerlo efectivo mediante su presentación en las principales entidades de crédito del país. Otra de las dudas pendientes de concretar es qué bancos se sumarán al plan.

En definitiva, "las entidades locales podrán financiar las obligaciones de pago abonadas a través de una operación de endeudamiento con el suficiente plazo que asegure la viabilidad de la operación", explica Hacienda.

Es decir, que serán los ayuntamientos los que deban endeudarse un poco más para afrontar el pago inmediato.

Por eso es tan importante, o lo ha convertido en importante el Gobienro, el plan de ajuste que deberán aprobar los ayuntamientos antes del 31 de marzo "y que tendrá que ser aplicado en el período de amortización previsto para la operación".

"El objetivo no será otro que garantizar la sostenibilidad de la situación financiera del Ayuntamiento, es decir, que cuente con una adecuada financiación de los servicios públicos y recoger ingresos corrientes suficientes para financiar sus gastos corrientes y la amortización de las operaciones de endeudamiento".

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