Ante un posible rebrote

Castilla y León obliga a las residencias a tener material y un plan de contingencia

Decreta la obligación de disponer en los centros de existencias de equipos de protección individuales (EPIs), así como material para la atención a los usuarios.

CyL ordena un plan de contingencia
Trabajadores de una residencia realizan un test a una anciana
EFE

Los centros residenciales de mayores y de personas con discapacidad de Castilla y León deberán contar con un plan de contingencia obligatorio que incluya la experiencia en la lucha contra la covid-19, material de equipos de protección individual suficientes y una mayor formación de sus trabajadores.

Se trata del decreto ley de medidas extraordinarias para la atención social en centros residenciales de mayores y personas con discapacidad, que refuerza la cobertura ofrecida por el sistema de servicios sociales tras la pandemia, que se ha aprobado este jueves en el Consejo de Gobierno.

Entre los aspectos más destacados que recoge el decreto ley destaca la obligatoriedad, por parte de las entidades titulares de los centros de atención social, de contar con un plan de contingencia cuyo contenido constituye la plasmación dispositiva de la experiencia acumulada durante este tiempo en la lucha contra los efectos de la pandemia, ha explicado el vicepresidente Francisco Igea.

Igualmente, se establece como medida dirigida a la previsión de futuros rebrotes de la pandemia del coronavirus o ante la aparición de otras crisis de salud pública, la obligación de disponer en los centros de existencias de equipos de protección individuales (EPIs), así como material necesario para la atención a los usuarios, que les permitan hacer frente a situaciones de crisis de salud pública, con su propio depósito de existencias, al menos, durante un periodo de cinco semanas.

Asimismo, recoge las medidas de refuerzo de la información, control y formación del personal de los centros residenciales, mediante las que se trata de garantizar la fluidez y continuidad de la información que se debe facilitar a los usuarios y a sus familiares, por medios accesibles, en cualquier circunstancia.

También se prevé la obligación por parte de las entidades titulares de los centros de facilitar la oportuna formación del personal en los mismos ante emergencias sanitarias sobre medidas de autoprotección, desinfección y limpieza de las distintas zonas del centro. 

Finalmente, se destinan ayudas a las medidas de fomento de la protección de las personas trabajadoras y de los usuarios de los centros residenciales. A tal efecto, se establecen medidas dirigidas a subvencionar los gastos de adquisición en equipamiento de protección individual y de equipamiento destinado a la seguridad de los usuarios, realizados por las entidades privadas sin ánimo de lucro.

La aprobación de esta línea de ayudas, para las que están previstas unos 2 millones de euros, permitirá asegurar que alcancen de forma rápida, fruto de su reconocimiento en régimen de concesión directa, a todas las entidades destinatarias que las soliciten y cumplan los requisitos establecidos

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