El gobierno elimina el límite de edad en la tarifa plana de 50 euros para autónomos con discapacidad


El Gobierno ha ampliado los incentivos de la tarifa plana de 50 euros para autónomos a las personas con discapacidad con independencia de su edad y ha aprobado que los trabajadores autónomos económicamente dependientes (Trade) podrán contratar a una persona en caso de conciliación por baja maternal, cuidado de hijo menor de siete años o persona dependiente.
Así lo anunció la ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, que aprobó la remisión al Consejo Económico y Social (CES) del anteproyecto de ley para fomentar el emprendimiento.
La norma extiende los supuestos de la tarifa plana especialmente protegida a las víctimas del terrorismo y de la violencia de género, y amplía los incentivos a las personas con discapacidad con independencia de su edad.
Asimismo, las víctimas del terrorismo, de la violencia de género y las personas con discapacidad disfrutarán de una senda de cotización reducida durante cinco años. En concreto, los primeros 12 meses con una cuota de 50 euros o la reducción del 80% y el resto, hasta 48 meses, a través de una bonificación del 50%.
De igual forma, introduce la posibilidad de que los autónomos económicamente dependientes (trade), aquellos que perciben al menos el 75% de sus ingresos de un único cliente o empresa, puedan contratar a un trabajador para conciliar la vida personal y familiar bajo determinadas circunstancias. Estas son riesgo durante el embarazo y lactancia de un menor de nueve meses; en periodos de descanso por maternidad, paternidad, adopción o acogimiento; por cuidado de menores de 7 años a cargo; por familiares a cargo en situación de dependencia o discapacidad igual o superior al 33%.
CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO
En el ámbito de la Economía Social, el texto introduce actuaciones para facilitar la incorporación de nuevos socios a las entidades de la Economía Social; apoyar y fortalecer a las distintas entidades que la componen; y facilitar a los trabajadores que tienen mayores dificultades de inserción su incorporación al mercado laboral.
El texto mantiene las bonificaciones a favor de las empresas de inserción, cuando contraten personas en situación de exclusión social, por una cuantía de 850 euros al año, durante un máximo de 3 años o de 1.650 para los supuestos de menores de 30 años o de 35 en el caso de personas con una discapacidad reconocida del 33%.
Además, y con el objetivo de facilitar la transición de los trabajadores desde las empresas de inserción a la empresa ordinaria, se amplía la bonificación existente en las cuotas empresariales por la contratación de dichos trabajadores.
De este modo, en el caso de que una empresa ordinaria contrate a un trabajador procedente de una empresa de inserción, podrá beneficiarse de bonificaciones en sus cotizaciones sociales durante cuatro años. Un total de 1.650 euros durante el primer año y 600 euros cada año durante los tres siguientes si la contratación es de tipo indefinido, o 1.650 euros durante el primer año y 500 euros los siguientes si se trata de una contratación temporal.

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