Nacho uriarte (pp) declara hoy como imputado en el supremo por conducir ebrio


El diputado del PP y presidente de Nuevas Generaciones, Nacho Uriarte, declara hoy en el Tribunal Supremo como imputado por un delito contra la seguridad vial en el marco de la causa abierta contra él por haber provocado en la madrugada del 19 de febrero un accidente de tráfico en el centro de Madrid cuando conducía con una tasa de alcohol muy superior a la permitida.
Fuentes del Tribunal Supremo confirmaron a Servimedia que Uriarte esta citado a declarar como imputado a las 10.30 horas. El diputado popular deberá comparecer ante el instructor de la causa, el magistrado del Alto Tribunal Joaquín Gímenez.
El Supremo decidió el pasado 26 de julio aceptar la competencia de la causa y el Congreso acordó el 21 de septiembre conceder el suplicatorio y dar permiso al Alto Tribunal para investigar al diputado del PP.
EL COCHE DE UN AMIGO
El accidente de Uriarte tuvo lugar sobre las 07.00 horas del viernes 19 de febrero. A su paso por la calle Serrano de Madrid, el vehículo de Uriarte colisionó con otro coche que se encontraba parado en un semáforo en rojo, abollándole el parachoques y abriéndole el maletero.
El diputado, según explicó, iba conduciendo el coche de un amigo que iba más ebrio que él. Los policías municipales que acudieron al lugar de la colisión sometieron a Uriarte a un test de alcoholemia que reveló que el diputado conducía con una tasa de alcohol de 0,52 miligramos, más del doble de lo permitido.
El accidente tuvo lugar cuando regresaba a casa después de una velada en casa de unos compañeros. Uriarte iba acompañado de un amigo, que había bebido más que él, por lo que se ofreció a conducir pensando que no superaba la tasa permitida por la legislación vigente.
La repercusión mediática del accidente obligó a Uriarte a dimitir como vocal de la Comisión de Seguridad Vial del Congreso.
La conducta de Uriarte (conducir con una tasa de 0,52 miligramos de alcohol por litro de aire espirado) está tipificada como "infracción muy grave" y lleva aparejada la pérdida de seis puntos del carné de conducir y una multa de entre 301 y 600 euros, según la legislación vigente en el momento del accidente.
A pesar de que sólo se considera delito contra la seguridad vial la conducción con una tasa superior a 0,60 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, la ley también establece como delito conducir con una tasa inferior si el autor "condujere un vehículo a motor o un ciclomotor con temeridad manifiesta y pusiere en concreto peligro la vida o la integridad de las personas".
Esta figura conlleva una pena de prisión de seis meses a dos años y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por un plazo de entre uno y seis años.

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