El Gobierno ya tiene listo el decreto del bono social: estos son los beneficiarios

  • El Ministerio de Energia ha remitido a la CNMC el borrador de real decreto sobre el bono social y que se basará en criterios de renta familiar.
El Gobierno recurre la sentencia del Supremo que anula el bono social e indemniza a las eléctricas
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EUROPA PRESS

Habemus borrador de real decreto que desarrolla el bono social de electricidad. El ministro de Energía, Turismo y Agenda, Álvaro Nadal, ha remitido a la CNMC este miércoles el texto que pretende articular el acceso a este privilegio que permite a los más necesitados un descuento del 25% en la factura de la luz.

En este borrador, que también ha sido remitido por el Gobierno a los partidos de la oposición parlamentaria y con el que se busca el acuerdo con el PSOE, se establecen nuevas categorías de consumidores vulnerables, tal y como ha explicado el propio Nadal en los pasillos del Congreso. Para poder tener acceso al bono social se tendrá en cuenta el nivel de renta de la unidad familiar calculado en base al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). 

Así, las familias que no tengan menores a su cargo y que tengan unos ingresos anuales menores o igual al 1,5 veces el IPREM podrán tener acceso a ese descuento del 25% en la factura de la luz. Lo mismo ocurre con las familias con un menor a su cargo con renta igual o inferior a dos veces el IPREM y con aquellas con dos menores a su cargo con renta anual menor o igual a 2,5 veces el IPREM. El Gobierno, además, incrementa los umbrales de renta en 0,5 veces el IPREM para las víctimas de violencia de género, las víctimas del terrorismo y para los hogares con algún miembro con una discapacidad superior al 33%.

Energía también mantiene en el bono social a las familias numerosas e incluye a aquellas en las que uno de sus miembros sea pensionista por jubilación o incapacidad permanente y perciban la cuantía mínima. Se crea, además, una nueva categoría: los consumidores vulnerables severos, que corresponde a aquellas familias con renta inferior al 50% de los umbrales establecidos para los consumidores vulnerables.

Otra novedad del borrador sobre el bono social es que las familias numerosas o los hogares donde todos sus miembros que tengan ingresos sean pensionistas de la Seguridad Social por jubilación o incapacidad permanente, percibiendo la cuantía mínima, serán considerados vulnerables severos si su renta es inferior a 2 veces el IPREM o 1 vez el IPREM, respectivamente.

Se crea también la categoría de consumidores en riesgo de exclusión social, que serán aquellos consumidores vulnerables severos que, por sus especiales circunstancias, estén siendo atendidos por los servicios sociales de Ayuntamientos o Comunidades Autónomas. Estos consumidores serán considerados esenciales y no se les podrá suspender el suministro eléctrico bajo ningún concepto.Suspensión del suministro eléctrico

El Gobierno propone en su borrador de real decreto que en el caso de los consumidores vulnerables y vulnerables severos ampliar de 2 a 4 meses el plazo para que, en caso de impago, una comercializadora pueda proceder a la suspensión del suministro.

Se incrementan también las obligaciones de información para los consumidores. Así, en caso de impago y con carácter adicional a los dos requerimientos fehacientes de pago que se venían exigiendo hasta el momento a las comercializadoras, éstas deberán además informar al consumidor en el momento de producirse el impago y nuevamente 15 días antes de proceder al corte de suministro.

Las administraciones competentes en materia de política social tendrán además un listado actualizado de las suspensiones previstas del suministro eléctrico, para que puedan identificar los casos en riesgo de exclusión que puedan verse afectados y tomar así las acciones necesarias para proteger a estos consumidores y evitar cortes indeseados.

Por último, todas las comercializadoras deberán comunicar a sus clientes la posibilidad de acogerse al PVPC y por tanto de poder solicitar el bono social si cumplen con las condiciones establecidas. Además, el cambio se realizará sin ninguna penalización o coste adicional. Asimismo, las comercializadoras deberán advertir a los consumidores acogidos al bono social que vayan a suscribir un contrato en el mercado libre, sobre la pérdida del derecho a percibir dicho bono social.

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