Por una deuda de 6 millones 

Arantxa Sánchez Vicario, condenada a dos años de cárcel por alzamiento de bienes

En la sentencia, el titular de lo juzgado de lo penal número 25 de Barcelona considera que hay suficientes indicios de que los condenados descapitalizaron su patrimonio para eludir el pago de los seis millones de euros. 

La extenista Arantxa Sánchez Vicario (c) a su llegada al último día del juicio acusada por alzamiento de bienes
Arantxa Sánchez Vicario, condenada a dos años de cárcel por alzamiento de bienes. 
Europa Press

La extenista Arantxa Sánchez Vicario ha sido condenada por un juzgado de Barcelona a dos años de cárcel y su exmarido, Josep Santacana, a tres años y tres meses por urdir una trama para esquivar el pago de una deuda de más de seis millones de euros al Banco de Luxemburgo. 

En el fallo, al que ha tenido acceso Efe, el titular de lo juzgado de lo penal número 25 de Barcelona considera que hay suficientes indicios de que los condenados descapitalizaron su patrimonio para eludir el pago a la entidad luxemburguesa por el préstamo que les dio para pagar una multa de 5,2 millones por fraude a Hacienda. 

Sánchez Vicario no entrará en la cárcel 

Por ese motivo, además de las penas de multa impuestas, que suman 5.400 euros en el caso de Sánchez Vicario y 7.650 en el de Santacana, la sentencia les obliga a indemnizar al Banco de Luxemburgo con los 6,6 millones de euros de la deuda impagada.

El fallo recoge la suspensión del ingreso en prisión de Sánchez Vicario, quien ya en el juicio alcanzó un pacto con la Fiscalía para lograr una rebaja de condena a cambio de confesar el delito, siempre que no reincida en un período de dos años y pague la indemnización fijada.

"Dispuso de patrimonio suficiente para pagar la deuda 

La jueza ve acreditado que la tenista "disponía y dispuso en todo momento de patrimonio suficiente para hacer frente a la deuda y que, mediante actos de venta y de sustracción a las acciones de embargo, impidió el cobro de la deuda, sin destinar "ni un solo euro" al pago de la misma.

El fallo recuerda que la deportista "ha asumido su responsabilidad respecto a los hechos objeto de acusación", al reconocer su participación en los mismos, por lo que le aplica las atenuantes de reparación del daño y confesión, y admite que fue Santacana quien urdió la trama para no pagar la deuda.

La acusada, recuerda la sentencia, adujo que no tenía "ningún conocimiento relativo a la gestión de bienes, y que siempre lo ha confiado a terceras personas, primero a sus padres, y a partir de su matrimonio" y posteriormente, en noviembre de 2009, a su exmarido.

La condena de Josep Santanaca 

Respecto a Santacana, que en principio sí tendría que cumplir la pena de prisión, la jueza cree que está "sobradamente acreditado" que fue la persona que gestionó el patrimonio de su esposa desde que asumió el control del mismo e "ideó y llevó a cabo las operaciones de despatrimonialización que comportaron la imposibilidad de pagar la deuda contraída con la querellante".

Para la jueza, es "absolutamente creíble" que la acusada "no tuviera conocimiento alguno de gestión patrimonial, ni probablemente interés, y que siempre hubiera cedido a terceras personas la gestión sobre su patrimonio". Josep Santacana, añade la jueza, "tenía conocimientos (puesto que había trabajado en el sector inmobiliario) e interés directo en esa gestión, en su posición de marido de la titular", además de ser la persona "de máxima confianza" de la deportista.

"En nada exime a Arantxa Sánchez Vicario que no se hiciera cargo directo de la gestión, puesto que evidentemente tenía pleno conocimiento de lo que se hacía con su patrimonio y estuvo disfrutando del mismo (...), pero no tenía capacidad ni conocimientos para dirigir las operaciones de despatrimonialización", añade la sentencia. 

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