IMV

Ayudas que son incompatibles con percibir el Ingreso Mínimo Vital

Si eres beneficiario del Ingreso Mínimo Vital (IMV), es importante que sepas que hay otras ayudas sociales que son incompatibles y que, por tanto, no podrás recibir. Para evitar sorpresas, es mejor que conozcas esta información antes de tramitar cualquier otra ayuda económica del Gobierno de España.

Ayudas que son incompatibles con percibir el Ingreso Mínimo Vital
Ayudas que son incompatibles con percibir el Ingreso Mínimo Vital
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Si eres beneficiario del Ingreso Mínimo Vital (IMV), es crucial que sepas qué existen otros subsidios que son incompatibles con esta ayuda del Gobierno de España. Conocer esta información de primera mano te  evitará sorpresas desagradables en la gestión de tus finanzas personales.

Ayudas incompatibles con percibir el Ingreso Mínimo Vital

El IMV es una de las principales prestaciones sociales del Estado cuyo fin es ayudar a las personas con menos ingresos económicos. Así, se las protege de la pobreza y la exclusión social. Sin embargo, no es posible cobrarlo a la vez que el resto de subsidios que ofrece la Seguridad Social.

En concreto, son cinco las ayudas incompatibles con el IMV. Por ello, es esencial que estés al tanto de la discordancia. Su incumplimiento puede suponer la suspensión o devolución del pago e incluso, en el peor de los casos, sanciones.

Ayuda económica del Estado por hijo a cargo

En primer lugar, no se puede compaginar con la asignación económica por hijo o menor a cargo, sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33 %, cuando exista identidad de causantes o beneficiarios.

Ayuda a la infancia

De la misma manera, es incompatible cobrar el IMV y el complemento de ayuda para la infancia que se asigna por hijo o menor a cargo sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33 %.

Pensión para familiares

Si la persona interesada cumple con todos los requisitos para tener derecho a la prestación de una pensión en favor de familiares y a la del Ingreso Mínimo Vital, debe decidirse. Solo se puede optar a una de ellas.

Pensión asistencial

En este caso, hay incompatibilidad con la ayuda económica del Estado. La condición de beneficiario del IMV impide recibir pensiones asistenciales coincidentes desde el 1 de enero de 2023. A partir de esa fecha, las que sigan percibiéndose quedarán extinguidas cuando se reconozcan a sus beneficiarios. Su finalización tendrá efecto el mismo día en el que se comience a cobrar el IMV.

Pensión de viudedad, incapacidad permanente o jubilación

Por último, y como extensión de lo anterior, las personas que cobren las pensiones no contributivas en sus dos vertientes, la de jubilación o invalidez, tampoco podrán beneficiarse del Ingreso Mínimo Vital.

De igual modo, cabe añadir que en los casos de viudedad ocurre algo similar. A efectos prácticos, hay que recordar que la revalorización de la pensión mínima al enviudar ha aumentado en enero 2024 conforme el IPC. Las contributivas han subido un 3,8 y las no contributivas un 6,9 %, porcentaje que iguala a la jubilación con hijos a cargo.

Por todo ello, al percibir el Ingreso Mínimo Vital, no olvides que existen cinco casos que son incompatibles con otras ayudas estatales. Para consultar tu situación en concreto u obtener más información, puedes acceder al portal público del Instituto Nacional de la Seguridad Social. Asimismo, puedes hacer uso de su servicio telefónico gratuito para la ciudadanía: 900 20 22 22.

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