Los objetivos de digitalización propuestos como parte del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España no solo aplican a los organismos del Estado y las grandes empresas, sino que también abarcan las pymes y los autónomos de los diferentes sectores económicos, razón por la que se renueva la convocatoria del Programa Kit Digital, que provee a estos trabajadores de ayudas económicas para llevar a cabo esta transición exitosamente. En esta ocasión existen varios aspectos que varían tras la primera convocatoria, por lo que los interesados en recibir un subsidio de hasta 12.000 euros debe prestar atención a los cambios.
Entidades beneficiarias
Si ejercen actividades económicas, las sociedades civiles que tengan objeto mercantil o las profesionales y explotaciones agrarias de titularidad compartida son elegibles al solicitar las ayudas del Kit Digital, pero las UTES y las personas en autoempleo que sean consideradas autónomos societarios no podrán pedirlas.
Métodos de firma
Los métodos de firma de certificado electrónico, Cl@ve PIN y Cl@ve permanente serán válidos para poder realizar la suscripción al sistema y tramitar los acuerdos entre las agencias encargadas de realizar los procesos de digitalización y los beneficiarios del Kit.
Requisitos de plantilla
Para poder pedir el Kit Digital se debe incluir entre los recaudos los documentos la plantilla de los 12 meses anteriores a la presentación de su solicitud. En el caso de las empresas que se inscriban afirmando que cuentan con un rango de entre tres y nueve empleados, deben solicitar el certificado de plantilla media que refiera al periodo desde agosto del 2021 hasta agosto del 2022.
Subvención de equipo informático
El hardware (es decir, el equipo o soporte físico en procesos informáticos) que se considere necesario para llevar a cabo las tareas y funciones requeridas para llevar a cabo el proceso de transformación digital podrían entrar dentro de los gastos de la subvención si las agencias colaboradoras deciden que se utilizará para este fin.
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