Castilla-la mancha aprueba ayudas a las farmacias rurales con menores ventas


El Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha aprobó este jueves el decreto que, a propuesta de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales, mejora el margen de dispensación en las oficinas de farmacia rurales con menor facturación.
El objetivo es apoyar a las farmacias que atienden a núcleos de población inferiores a mil habitantes, con una facturación que no supere los 200.000 euros anuales y cuya media mensual sea inferior a 12.500 euros. Esta ayuda a la viabilidad económica de las farmacias de los municipios más pequeños beneficiará claramente a los vecinos de los núcleos de baja población que utilizan los servicios de atención farmacéutica.
Por su parte, los titulares de las farmacias se comprometen a realizar programas de atención farmacéutica y actividades destinadas a la utilización racional de medicamentos, promovidas por la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales. El decreto entrará en vigor el día 1 de enero de 2012 y se aplicará en la facturación de las recetas dispensadas durante ese mes. La bonificación supondrá unos 320 euros de promedio por oficina de farmacia y mes.
El número estimado de oficinas que cumplen estos requisitos sería inicialmente 64, según los datos de facturación mensual del promedio de los meses de mayo, junio, julio y agosto de 2011 facilitados por el Servicio Salud Pública de Castilla-La Mancha (Sescam). Por provincias, 21 de ellas se encuentran en Cuenca, 16 en Toledo, 14 en Guadalajara, 8 en Albacete y 5 en Ciudad Real.
Las farmacias que se acojan a esta medida han debido permanecer abiertas once meses en el ejercicio precedente. Quedan exceptuados supuestos de cierres temporales forzosos no debidos a sanción administrativa o inhabilitación profesional, debidamente autorizados por las administraciones sanitarias competentes.
También se comprometen a participar de forma efectiva en los programas de atención farmacéutica que sean aplicables en su núcleo de población y a la realización del conjunto de actividades destinadas a la utilización racional de los medicamentos. La solicitud deberá presentarse anualmente y podrá ser revocada si no se cumplen los requisitos establecidos.

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