En una feria gastronómica 

La CNMC investiga a un municipio por excluir en un acto a empresarios no vascos

Del mismo modo, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia pone el ojo en municipios de otras comunidades españolas por modificar las bases en beneficio de terceros.

La CNMC investiga un municipio del PNV por excluir a participantes no vascos
La CNMC investiga a un municipio por excluir en un acto a empresarios no vascos. 
EUROPA PRESS

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha amonestado al Ayuntamiento de Sopuerta (Vizcaya), en el que gobierna el PNV, que solo permitiera a comerciantes vascos en la Feria de la Chancinería del municipio, no dejando participar a vendedores provenientes de otras comunidades.

Así lo ha dado a conocer la CNMC en su resumen sobre sus actuaciones relacionadas con la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado (LGUM) durante los meses de febrero y marzo, donde ha advertido al municipio vizcaíno de priorizar a los comerciantes vascos en las bases para poder vender en esta feria gastronómica.

Según explica la CNMC, el ayuntamiento gobernado por el PNV favorecía a los productores del municipio y a los puestos ambulantes que hubieran participado en cinco ediciones consecutivas. En concreto, se priorizaba a los comerciantes locales sobre el resto de los municipios, y a los de Vizcaya sobre el resto de las provincias, e impedía que vendedores de otras comunidades autónomas participaran.

Sin embargo, la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia precisa en su informe que, en cumplimiento del requerimiento previo dirigido por el Consejo Vasco de la Competencia, se han modificado las bases eliminando los obstáculos a la libertad de establecimiento detectados.

También ocurrió en más puntos de España

En este informe, la CNMC también señala directamente al ayuntamiento de Cofrentes, en Valencia, por rechazar en el año 2020 la instalación de fibra óptica para no "afear" las fachadas. En concreto, el ayuntamiento de este municipio valenciano denegó la licencia que solicitaba Telecomunicaciones Innovadoras y Medios Audiovisuales SL para desplegar una red de fibra óptica hasta el hogar.

En este punto, el ayuntamiento justificó su decisión en la "necesidad de preservar la estética y la integridad de las fachadas de los inmuebles del municipio". Para ello, según apunta la CNMC, no citó ninguna norma que impidiera dar la licencia, ni tampoco demostró que existía una sobrecarga de cableado exterior que pudiera generar daños en las fachadas.

En el caso del Ayuntamiento de La Alberca, en Salamanca, la CNMC denuncia que impidió a los arquitectos técnicos dirigir las obras de urbanización. Y también apunta hacia el ayuntamiento de Astudillo, en Palencia, por limitar la aplicación de purines, estiércoles y demás residuos pero sin publicar los documentos para justificarlo.

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