Prohibido por teléfono o presencial

Los contribuyentes que siempre deben hacer la Renta 2021 a través de Internet

Desde el pasado 5 de mayo los usuarios pueden solicitar una cita para que los funcionarios de Hacienda elaboren su borrador del IRPF por teléfono, sin embargo, hay algunos ciudadanos exentos de esta opción.

Euros y calculadora.
Euros y calculadora.
Imagen de Freepik.

Para hacer la declaración de la Renta existen muchas opciones que se adaptan a las preferencias de los contribuyentes. Algunas de las más utilizadas son a través de su servicio web o mediante la aplicación móvil. Según los datos de Hacienda, a menos de 24 horas del primer día, el pasado 6 de abril, se presentaron más de 912.000 borradores, lo que supone un 0,9% más respecto a las cifras del año pasado.

Ahora, desde el 5 de mayo, los usuarios también pueden pedir cita para que un funcionario de la Agencia Tributaria elabore su declaración de la Renta por teléfono. Este servicio suele ser el preferido de quienes tienen más complicaciones con su borrador, necesitan el asesoramiento de los profesionales en alguna de las casillas o prefieren evitar desplazamientos. Además, hay una cuarta vía. A partir del 1 de junio, los contribuyentes también podrán acudir a las oficinas de Hacienda para que les ayuden presentar la Renta de manera presencial.

Si bien estas opciones pueden ser muy útiles para ciertos sectores de la población, cabe destacar que no todo el mundo puede hacer uso de los mismos. Tal y como ha advertido la Agencia Tributaria, existen algunos casos donde queda prohibido confeccionar la Renta a través de estos servicios. Esto está marcado principalmente por sus rentas o incluso las propiedades.

Ni por teléfono ni en las oficinas

En la sede electrónica de la Agencia Tributaria se especifican los límites para poder presentar el borrador del IRPF por la vía telefónica o presencial. Por tanto, la única alternativa para las personas que superen estas condiciones establecidas, será presentarla de manera telemática:

  • Rentas de trabajo que sean superiores a 65.000 euros y que tengan un capital mobiliario superior a 15.000 euros.
  • Arrendamiento de más de dos inmuebles y/o contratos de alquiler, y de alquileres turísticos con plataforma.
  • Actividades profesionales o empresariales en estimación directa.
  • Transmisión de más de dos inmuebles o acciones de más de dos emisores (cuando el límite sea conjunto).
  • Transmisión en 2021 de bienes que se hayan adquirido por herencia o donación.

Por otro lado, tampoco se elaborará por esas dos vías a quienes tendrán declaraciones complementarias de ejercicios anteriores, ya sea por una información errónea que tuvieron que corregir o por datos que olvidaron presentar. Asimismo, todos los contribuyentes cuentan con servicios de atención personalizada donde pueden llamar para resolver dudas. Por un lado, tienen teléfonos de ayuda 901 33 55 33 o al 91 554 87 70, disponibles de lunes a viernes, entre las 9:00 y las 19:00 horas (hasta las 15 horas en agosto). O también pueden hacer uso del servicio automático de asistencia virtual, que mediante ejemplos, tratará de solucionar los problemas.

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