La sentencia, emitida en junio pasado por la Corte y divulgada este lunes, establece que "una vez se efectúe el restablecimiento de la concesión a RCTV, el Estado deberá, en un plazo razonable, ordenar la apertura de un proceso abierto, independiente y transparente para el otorgamiento de la frecuencia del espectro radioeléctrico correspondiente al canal 2 de televisión", que explotaba RCTV.
Además, el fallo señala que el Estado deberá pagar, dentro del plazo de un año a partir de la notificación de la sentencia, indemnizaciones por daño material e inmaterial del proceso a los accionistas y trabajadores.
Pese a la contundencia de la decisión, no resulta clara su efectividad, puesto que Venezuela denunció en setiembre de 2012 el Pacto de San José, que dio origen al sistema interamericano de derechos humanos.
De acuerdo con la Corte IDH, el cierre de la frecuencia a RCTV configuró una "violación al derecho a la libertad de expresión, por cuanto se configuró una restricción indirecta al ejercicio del mismo, en perjuicio de los directivos y algunos trabajadores" de la empresa.
"La decisión de no renovar la concesión buscaba acallar voces críticas al gobierno, las cuales se constituyen junto con el pluralismo, la tolerancia y el espíritu de apertura, en las demandas propias de un debate democrático que, justamente, el derecho a la libertad de expresión busca proteger", indica el comunicado.
El tribunal señaló que la pluralidad de medios constituye una efectiva garantía de la libertad de expresión y que le toca al Estado proteger y garantizar este supuesto.
El canal más antiguo de la televisión venezolana, con 53 años al aire y una audiencia de alcance nacional, dejó de emitir el 27 de mayo de 2007, durante el gobierno del fallecido presidente Hugo Chávez.
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