Afronta una sanción de 101 millones

España pelea en Londres contra el laudo de las renovables y blinda su defensa

Energía contrata al bufete inglés Simmons & Simmons para impedir que se haga efectiva la resolución del tribunal de arbitraje que obligaba a compensar al fondo Antin por las pérdidas de un cambio normativo.

Teresa Ribera
España pelea en Londres contra el laudo de las renovables y blinda su defensa.
Europa Press

La firma legal internacional Simmons & Simmons, que tiene su sede principal en Londres, será la encargada de asesorar y defender a España ante los tribunales de Inglaterra y Gales frente al laudo de renovables dictado en 2018 por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en el que se obligaba a nuestro país a pagar 101 millones de euros -más intereses- a Antin Infrastructure Services Luxembourg y Antin Energia Termosolar, constituidos en Luxemburgo y Países Bajos. La Dirección General del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) adjudicó el pasado noviembre un contrato valorado en 380.000 euros al prestigioso despacho estadounidense K&L Gates para que se hiciese cargo del pleito abierto en Australia, que España había perdido frente a Antin, y ahora ha resuelto que sea el despacho londinense el encargado de los procedimientos abiertos en el Reino Unido. 

El contrato de Simmons & Simmons, que el despacho ha logrado compitiendo con otras cuatro firmas internacionales, está valorado en 850.000 euros, una cantidad 310.000 euros mayor que la prevista hace solo meses para la misma finalidad a través de una licitación que quedó desierta. Los contratos en Australia y Reino Unido han sido adjudicados por el procedimiento negociado y sin publicidad, debido a la urgencia de la Abogacía del Estado por armar una estrategia jurídica ante estos procedimientos, que han ido saltando de tribunal en tribunal. El inicio del conflicto se produce en 2007, año en el que España instauró un régimen de apoyo a la producción de electricidad procedente de fuentes renovables. Gracias a él, los generadores de energía renovable se beneficiaban de una prima establecida por el Gobierno español superior al precio de mercado mayorista. Este régimen no fue notificado a la Comisión Europea para su autorización con arreglo a las normas sobre ayudas estatales.

Cinco años después, el Gobierno español modificó las condiciones en las que las empresas de energías renovables podían conseguir la citada ayuda y los cambios se aplicaron también a las instalaciones que habían comenzado a recibir el dinero a partir de la normativa de 2007. El 10 de noviembre de 2017, la Comisión adoptó una decisión -SA.40348- en la que consideró que el régimen español de 2013 de apoyo a la electricidad procedente de fuentes renovables se ajustaba a las normas de la Unión Europea sobre subvenciones  estatales. Esta resolución fue revisada el 19 de julio de 2019.

El fondo francés Antin desembarcó en España en 2011 con el objetivo de beneficiarse del Real Decreto de 2007 y ahora pleitea en varios tribunales

El fondo francés Antin desembarcó en España en 2011 con el objetivo de beneficiarse del Real Decreto de 2007 adquiriendo una participación -45%-de la empresa española Andasol, propietaria de dos plantas operativas de energía solar de concentración situadas en Granada y acogidas al régimen de primas en vigor -régimen de 2007-. Sin embargo, con el cambio legislativo de 2013 le fueron retiradas estas subvenciones y el fondo acudió al Tribunal Arbitral europeo alegando que el fin de estas ayudas causaba un grave perjuicio económico a su inversión. 

El laudo arbitral, emitido en 2018 -Antin contra España-, dictaminó que España había infringido el Tratado sobre la Carta de la Energía al modificar el régimen de apoyo a las energías renovables de 2007 e instaurar un nuevo régimen en 2013, en virtud del cual la ayuda era inferior. El tribunal de arbitraje ordenó a España compensar a Antin por las pérdidas sufridas como consecuencia de las modificaciones del régimen de 2007. El importe de la compensación se fijó en 101 millones euros, más los intereses devengados por ese importe y una contribución a las costas del procedimiento arbitral.

En julio de 2021, la Comisión Europea decidió abrir una investigación para evaluar si el laudo arbitral se ajustaba a las normas de la Unión Europea en materia de ayudas estatales. Las dudas de la UE giraban en torno a los principios de confianza mutua y autonomía del derecho europeo y su opinión previa apuntaba a que consistía una ayuda estatal, al entender que el fallo concedía a Antin una ventaja equivalente a las que otorgaba el régimen español no notificado a Europa de 2007. 

En 2021, la Comisión Europea decidió abrir una investigación para evaluar si el laudo arbitral se ajustaba a las normas de la UE en materia de ayudas estatales

Bruselas también cuestionaba la conformidad del laudo con las directrices de la Comisión Europea de 2008 sobre ayudas estatales en favor del medio ambiente y las directrices de la Comisión Europea de 2014 sobre ayudas estatales en materia de protección del medio ambiente y energía. "Las instalaciones de energías renovables en las que ya había invertido Antin se benefician del régimen de ayudas de 2013, autorizado por la Comisión Europea con arreglo a las normas sobre ayudas estatales, aseguraba el Ejecutivo comunitario", decidido a investigar si el apoyo adicional concedido por el laudo arbitral es necesario para el desarrollo de una actividad económica, tiene efecto incentivador y es proporcionado. 

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