Galp tendrá que dar más libertad a sus gasolineras


El Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) acepta los compromisos asumidos por la petrolera Galp, que dejará de tener "atadas" a una serie de estaciones de servicio de su red de distribución.
Según informó a Servimedia una fuente del regulador, Competencia ha acordado la terminación convencional del expediente sancionador incoado contra la compañía portuguesa. A cambio, Galp se ha comprometido a permitir a sus gasolineras (más de 600 en España) que rescindan anticipadamente los contratos de larga duración. Las estaciones de servicio, en tal caso, tendrían que compensar económicamente a la petrolera.
El objetivo de Competencia es facilitar la salida al mercado de las gasolineras afectadas.
Según un comunicado remitido por el organismo que preside Luis Berenguer, el expediente sancionador incoado contra Galp Energía España (y que ahora se da por cerrado) se originó por la denuncia de la Confederación Española de Estaciones de Servicio por una supuesta infracción de la ley de Defensa de la Competencia.
Esta infracción consistiría en el mantenimiento de contratos que explícita o implícitamente contienen exclusivas de suministro de larga duración con distintas estaciones de servicio de su red de distribución de carburantes.
Dicha duración excesiva vendría dada en la mayoría de los casos por la existencia de construcciones jurídicas complejas de propiedad de las estaciones de servicio, a través de cruces de contratos de distinta naturaleza entre las partes.
De este modo, durante el tiempo en vigor del pacto de no competencia (en forma de exclusiva de suministro de carburantes), las estaciones de servicio afectadas habrían estado "atadas" a Galp, provocando un efecto de cierre en un mercado cuyas características lo hacen, de por sí, especialmente poco competitivo.
Existe un segundo conjunto de contratos afectados que contienen objetivos prefijados de ventas que actúan como cláusulas de tácita renovación de la relación, añadió la CNC.
Por último, existe también una estación de servicio gestionada por un tercero ajeno a Galp con suministro exclusivo de carburantes de ésta con una vigencia superior a la reglamentaria de cinco años.
Los compromisos ofrecidos por Galp suponen, en opinión del Consejo de la CNC, una solución eficaz a la conducta denunciada, toda vez que resuelven razonablemente los potenciales efectos perniciosos sobre la competencia derivados de la misma y su ejecución restablecerá las condiciones de competencia efectiva en el mercado de distribución minorista de carburantes de automoción.
Con la adopción formal de los mencionados compromisos, que son vinculantes y de obligado cumplimiento para la petrolera portuguesa, se mitigan los efectos de las redes paralelas de acuerdos de las características descritas que venían manteniendo éste y otros operadores en España.
La terminación convencional se sitúa, además, en línea con tres precedentes -nacionales y comunitarios- en los que la solución también se ha habilitado por la vía de la rescisión anticipada de los contratos de larga duración y la posibilidad de compensación económica para la operadora: el caso Repsol, el caso BP y el caso Cepsa.

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