Lo equipara con el tradicional

El Gobierno prohíbe todos los productos con aromas del tabaco calentado

Esta prohibición entrará en vigor dentro de tres meses y supone la prohibición desde filtros a papel de fumar o cápsulas que modifiquen el sabor e incluirá la obligación de incluir advertencias sanitarias en el etiquetado. 

El Gobierno prohibe todos los productos con aromas del tabaco calentado
El Gobierno prohibe todos los productos con aromas del tabaco calentado
Europa Press

El Ejecutivo ha aprobado este martes al real decreto que equipara la regulación del tabaco calentado al tradicional, prohibiendo todos los productos con aromas, desde filtros a papeles de fumar o cápsulas que modifiquen el sabor, y que obliga a hacer constar en el etiquetado las advertencias sanitarias. Esta nueva regulación, que solo afecta al tabaco calentado y no a todos los dispositivos de vapeo, en cuya regulación está trabajando el Ministerio de Sanidad, entrará en vigor tres meses después de su publicación en el BOE, han informado desde la cartera que encabeza Mónica García. 

A partir de ese momento, las unidades de envasado y el embalaje exterior de los productos de tabaco calentado deberán incluir dos elementos: el mensaje informativo "El humo del tabaco contiene más de 70 sustancias cancerígenas", y las fotografías en color especificadas ya en el anterior real decreto, el 579/2017, de 9 de junio, que aparecen en el empaquetado de los cigarrillos.

Con esta reforma, quedará prohibida la venta del tabaco calentado que contiene aromas, ampliando el veto a la comercialización de productos con aroma característico o que contengan aromatizantes en sus componentes (como filtros, papeles para fumar, envases o cápsulas), o cualquier otra técnica que permita modificar el olor sabor de los productos del tabaco, o intensificar el humo a los productos del tabaco calentado. Además, los filtros, papeles y cápsulas no podrán contener tabaco, ni nicotina.

El Gobierno ha traspuesto así la Directiva Delegada, de 9 de junio, que modifica la Directiva 2014/40/UE, en lo que respecta a la retirada de determinadas excepciones aplicables a los productos de tabaco calentado, con el fin de equipararlo a los cigarrillos convencionales.

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