La Audiencia Nacional descarta encarcelar a Rodrigo Rato porque no hay riesgo de fuga

    • Los magistrados entienden que los viajes a Ginebra del imputado poco después de que Andreu le impusiera una fianza de 3 millones por su responsabilidad en las tarjetas opacas, no arrojan "ese hipotético riesgo de fuga".
    • El juez Andreu rechazó el pasado diciembre el ingreso en prisión incondicional de Rato en un auto en el que recriminó a UPyD la búsqueda de "notoriedad".
Rato acusa a UPyD de pedir su ingreso en prisión por "frustración política"
Rato acusa a UPyD de pedir su ingreso en prisión por "frustración política"
S.B/Agencias

La Audiencia Nacional ha vuelto a rechazar que el expresidente de Caja Madrid y Bankia, Rodrigo Rato, ingrese en prisión incondicional porque no se desprende de sus viajes a Suiza que haya "llevado a cabo" un intento de fuga durante los dos años en los que se investiga la fusión y salida a Bolsa de la entidad. La Sala Tercera de la Sala de lo Penal ha confirmado la decisión del juez Fernando Andreu de no enviar a Rato a la cárcel en contra de la petición de Unión, Progreso y Democracia.

La Sala Tercera de la Sala de lo Penal ha confirmado la decisión del juez Fernando Andreu de no enviar a Rato a la cárcel en contra de la petición de Unión, Progreso y Democracia (UPyD), que requería prisión sin fianza al entender que sus viajes al país helvético, la elevada pena a la que se enfrenta y el avanzado estado de la instrucción permiten inferir un riesgo de fuga.

Los magistrados entienden que los viajes a Ginebra del imputado poco después de que Andreu le impusiera una fianza de 3 millones por su responsabilidad en las tarjetas opacas, no arrojan "ese hipotético riesgo de fuga" que temía UPyD, ya que no consta que "no haya retornado al país, se haya sustraído de la acción de la Justicia o no haya comparecido ante ella cuando ha sido llamado".

"En otras palabras, no se ha llevado a cabo intento de fuga alguno, ni menos consumado, máxime cuando han transcurrido más de dos años desde el inicio de la instrucción", prosiguen los magistrados, para recalcar que la existencia de los indicios de delito, no resulta "suficiente" para acordar una medida "tan gravosa" como la solicitada.

Dicho esto, concluyen que el juicio no es inminente por la complejidad de la causa y el elevado número de imputados. "Dicho dato temporal por sí solo tampoco sería indicativo de riesgo de fuga e incluso no es menos cierto que el paso del tiempo puede producir los efectos contrarios, en el caso de que por ejemplo no se corroboren los iniciales indicios incriminatorios existentes", agregan, para descartar un riesgo de destrucción de pruebas o de reiteración delictiva.

UPyD también recurrió que Andreu se negara a imponer una fianza solidaria de 4.112 millones a todos los imputados del caso Bankia, pero consideran que el partido de Rosa Díez no es uno de los perjudicados y no tiene legitimidad para pedirla.

El juez Andreu rechazó el pasado diciembre el ingreso en prisión incondicional de Rato en un auto en el que recriminó al partido la búsqueda de "notoriedad". "La ejemplaridad, el escarmiento, la eficacia o la tranquilidad social" no pueden perseguirse "mediante la adopción de medidas cautelares, cuyos fines no pueden ser los de anticipar el cumplimiento de una hipotética condena, ni menos aún la obtención de notoriedad por parte de quien interesa del juez que se adopten estas medidas", decía.

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