La cnmc cierra sin multa el expediente sancionador a dos empresas de ascensores


La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha dictado una resolución de “terminación convencional” en el expediente abierto a las empresas fabricantes de ascensores Orona y Excelsior, por lo que se resuelve sin multa si bien adquieren una serie de compromisos.
Ambas empresas fueron denunciadas por la empresa distribuidora Elevators Parts por una posible conducta anticompetitiva consistente en la negativa de los fabricantes a suministrar piezas originales de repuesto de ascensores a revendedores, según informó este jueves la CNMC en una nota.
La terminación convencional de un expediente sancionador permite finalizar el proceso a partir de una serie de compromisos que el presunto infractor ofrece voluntariamente. Estos compromisos, según la CNMC, facilitan la “eficacia administrativa” y un “restablecimiento rápido” de las condiciones de competencia que habían vulnerado las conductas restrictivas detectadas y que ponían en riesgo el bienestar de los consumidores y el interés público.
Los compromisos propuestos por Orona y Excelsior, y aprobados por la CNMC, suponen la obligación de suministrar repuestos originales de ascensores a empresas mantenedoras y empresas exclusivamente revendedoras en las mismas condiciones de precio, plazo de entrega o cualquier otro parámetro. Además, deben llevarlo a cabo sin exigir al solicitante que aporte información relativa a aspectos no técnicos de la pieza, como la ubicación del ascensor o el cliente final.
Asimismo, los compromisos exigen comunicar a los revendedores que se hubiesen dirigido a las partes recientemente la nueva circunstancia en que se produce el suministro de estas piezas. También obligan a remitir información periódica a la Dirección de Competencia sobre la aplicación de los compromisos. La CNMC considera que los revendedores multimarca “dinamizan la competencia y proporcionan un valor añadido en el mercado de mantenimiento de ascensores”, y que estas empresas permiten solventar determinados problemas, ya que ofrecen plazos más rápidos de entrega, facilidades en el pago de las piezas o servicios de atención de averías más eficaces. “Estas circunstancias, en último término, suponen un beneficio para los consumidores”, añadió.
Contra esta resolución no cabe recurso alguno en vía administrativa, pudiéndose interponer recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.

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