Las incertidumbres que despierta el contrato austríaco en España

  • La última propuesta del Ministerio de Trabajo despierta muchas dudas entre empresarios y sindicatos. Aunque todas las partes parecen dispuestas a analizarla, insisten en que deberán limarse muchos puntos para adaptarla a la realidad laboral española.
Ruth Ugalde

El Ministerio de Trabajo presentó ayer una nueva propuesta de reforma del mercado laboral cuya principal novedad es el denominado modelo austríaco. Este tipo de contrato, que ha sido llevado a la mesa de negociación por los sindicatos, sustituye la actual indemnización por despido un fondo que el trabajador percibe cuando es despedido.

Las cantidades aportadas a dicha bolsa se van devengando del salario bruto del empleado y éste puede utilizarlo también como complemento a su pensión cuando se jubila. Además, en el supuesto de que sea despedido y encuentre un nuevo empleo, la cantidad que no haya consumido se suma al fondo que empieza a generarle la nueva empresa.

Sin embargo, este esquema general despierta muchos interrogantes entre patronal y sindicatos, aunque ambas han mostrado su disposición a estudiarlo para intentar llegar a un acuerdo, que permita adaptar este contrato a la realidad del mercado laboral español. Entre los puntos más espinosos destaca:

1-. Los trabajadores se pagan su propio despido: En principio, este fondo se alimenta con retenciones del salario bruto del empleado, por tanto, es el mismo trabajador quien está financiando su posible futuro despiedo. Para evitar la pérdida de derechos y poder adquisitivo, se podría llegar a algún tipo de acuerdo que permitiera repartir las aportaciones entre empresa y empleado.

2-. Las empresas no tienen por qué financiar el fondo de empleados que nunca despiden: Frente al razonamiento anterior, se puede argumentar que los empresarios generan más empleo del que destruyen y, por tanto, si realizan aportaciones a todos sus empleados, aquellos que nunca son despedidos terminan recibiendo un complemento de la pensión por parte de la empresa que ahora no existe.

3-. Quién gestiona el fondo y cómo: Este punto resulta de crucial importancia, porque en el supuesto de que la gestora encargada diera en quiebra, se perderían los ahorros-indeminizaciones de los trabajadores. También podría darse la situación que se vivió de manera masiva en Estados Unidos hace casi una década, cuando el rosario de escándalos empresariales encabezado por Enron se llevó por delante a la compañía y al mercado de valores, miles de trabajadores vieron esfumarse su fondos (sobre todo de pensiones) porque estaban ligados al valor de la compañía en bolsa.

4-. A partir de qué renta se aplica este modelo: los famosos mileuristas pueden ver mermado todavía más su poder adquisitivo con este contrato, al retenérseles de su salario bruto la aportación a un fondo que quizás nunca consuman, porque no son despedidos y, al cambiarse de empresa, son contratados bajo otra modalidad.

5-. Qué pasa con ese dinero si una persona abandona voluntariamente la empresa: En principio, al tratarse de una retención del bruto del trabajador, éste debería poder cobrarlo, pero este fleco todavía están por definirse.

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