Madrid. El tribunal de cuentas confirma que el gobierno de cascallana vulneró la ley al no pedir autorización a hacienda para endeudarse


El Tribunal de Cuentas, en su última resolución remitida al Ayuntamiento de Alcorcón, confirma las tesis del actual Gobierno municipal del PP de que el anterior equipo de Gobierno, presidido por el alcalde socialista Enrique Cascallana, vulneró la ley al no solicitar autorización al Ministerio de Hacienda para seguir endeudándose, por lo que ha decidido iniciar la instrucción pertinente para depurar responsabilidades.
Según el citado auto, “en opinión del Ministerio Fiscal, deben practicarse las actuaciones de instrucción previstas en la ley para investigar los hechos y obtener los antecedentes que permitan adoptar razonadamente, en su momento, la decisión de plantear o no la correspondiente pretensión de responsabilidad contable”.
Dichas tesis, a las que se ha sumado el Ministerio Fiscal, afectan a la solicitud que realizó el anterior Gobierno de distintos préstamos, por un valor total de 44 millones de euros, sin la preceptiva autorización del Ministerio de Hacienda y en contra, a su vez, del informe del interventor municipal. El anterior Ejecutivo habría incumplido la Ley de Estabilidad Presupuestaria.
El auto del Tribunal de Cuentas afirma que “es una cuestión no controvertida que la Corporación municipal de Alcorcón incumplió dicho trámite. Y también lo es que la Intervención General del Ayuntamiento, en su informe (…), ya había indicado a la Junta de Gobierno Local que era preceptiva la autorización del Ministerio de Economía y Hacienda, para poder concertar las pólizas de crédito con una entidad financiera privada”.
Asimismo, el anterior Gobierno dejó de pagar las cuotas de esos préstamos, uno de ellos, de 22 millones de euros, era un préstamo de legislatura que ni siquiera había abonado al finalizar la misma. El impago de dichas cuotas, saltándose presuntamente la prelación de pagos, generó unos intereses no previstos que han supuesto un quebranto económico para las arcas municipales.
En el auto se indica que “ese potencial quebranto económico en el presente caso, se puede haber producido, según las tesis del recurrente, a las que se ha adherido el Ministerio Fiscal, por el excesivo pago de intereses que se produjo, al no poder hacer frente la Corporación municipal, en su debido tiempo, a los plazos de amortización reflejados en las pólizas de crédito. En el presente supuesto ha quedado patente la infracción de normativa presupuestaria”.
Finalmente, y según el auto del Tribunal de Cuentas, “nos encontramos ante una vulneración de la norma presupuestaria, con posible quebranto para fondos públicos. Y entiende esta Sala que esta posibilidad es la que hace razonable que se nombre un delegado instructor para que practique las actuaciones previstas en el artículo 47 de nuestra Ley de Funcionamiento”.
Tras el periodo de instrucción, el Tribunal de Cuentas determinará qué responsabilidades existieron en los hechos anteriormente mencionados y las personas afectadas deberán responder, en su caso, con sus bienes personales.

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