Aprobada

Nueva Ley de Cigarrillos Electrónicos: ¿prohíbe los vaper?

El Consejo de Ministros acaba de aprobar un Real Decreto que regula determinados aspectos relativos a la fabricación, presentación y comercialización de los productos del tabaco y los relacionados con el mismo. Esto es lo que indica sobre el uso de los vapeadores.

Nueva Ley de Cigarrillos Electrónicos: ¿prohíbe los vapers?
Nueva Ley de Cigarrillos Electrónicos: ¿prohíbe los vapers?
Yehor Deineka

Tal y como manifestó la ministra de Sanidad, Mónica García, el Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que regula determinados aspectos de los productos del tabaco. La norma equipara la regulación del tabaco calentado al tradicional, prohibiendo todos los productos con aromas, desde filtros a papeles de fumar o cápsulas que modifiquen el sabor, y que obliga a hacer constar en el etiquetado las advertencias sanitarias. Pero, ¿afecta a los vapers?

El Gobierno prohíbe la venta de los cigarrillos electrónicos de tabaco calentado (en España la única marca de este tipo que se comercializa es Iqos) que contienen aromas (es decir, de sabores). Además, la nueva norma obliga a que en el etiquetado de este tipo de tabaco figuren las advertencias de que es perjudicial para la salud.

Por tanto, de momento los vapeadores se quedan fuera de esta nueva regulación ya que no contienen tabaco, aunque si pueden llevar nicotina. Sin embargo, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros se ha informado que en estos momentos Sanidad está trabajando también para regularlos ya que las sociedades científicas y de prevención de adicciones avisan de que estos productos son la puerta de entrada de los jóvenes al tabaco.

¿Afecta la nueva normativa al tabaco convencional?

El Real Decreto no ofrece ningún tipo de cambio respecto a la fabricación y venta del tabaco convencional, quitando las excepciones que ya se contemplaban hasta la fecha.

¿Qué otros cambios introduce la ley respecto a los cigarrillos electrónicos?

Los productos de tabaco calentado deberán llevar en su etiquetado advertencias sobre sus perjuicios para la salud. En su empaquetado deberán llevar el siguiente mensaje informativo: "El humo del tabaco contiene más de 70 sustancias cancerígenas". Además, los productos de tabaco calentado tendrán que mostrar en sus envases las imágenes de advertencia sobre los daños que produce que llevan las cajetillas de cigarrillos convencionales.

¿Cuándo entrará en vigor la nueva ley?

El nuevo Real Decreto ha quedado aprobado este martes 16 de enero, pero debe publicarse en el Boletín Oficial del Estado (BOE). El texto incluido en este documento será el que establezca el momento exacto en el que entrará en vigor la nueva normativa, que será a los tres meses de su publicación.

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