Psoe. Los aspirantes a suceder a zapatero necesitarán el aval de la dirección o del 10% de los militantes del psoe


Los aspirantes a suceder a José Luis Rodríguez Zapatero al frente de la candidatura del PSOE a la Presidencia del Gobierno en las próximas elecciones generales necesitarán el respaldo de los órganos de dirección o del 10% de los militantes del partido.
Al anunciar que no concurrirá a un tercer mandato, el secretario general del PSOE ha propuesto a su partido que, tras las elecciones autonómicas y municipales del 22 de mayo, fije el calendario para un proceso de primarias del que salga su sucesor.
Ese proceso se rige por la “Normativa Reguladora de los Cargos Públicos” aprobada por el PSOE, y concretamente por su Título III, “De la selección de candidatos y candidatas en los diferentes procesos electorales”.
Según esas normas, son elegibles los afiliados que estén en pleno uso de sus derechos orgánicos, y también los independientes que sean propuestos según se establece en la propia norma.
El artículo 49 regula expresamente los requisitos para aspirar a la candidatura a la Presidencia del Gobierno: O la mayoría de la Comisión Ejecutiva Federal, o el Comité Federal (en este caso se habla de “aval” de ese órgano pero no especifica la mayoría necesaria o si se da por hecho que es como tal, en bloque), o la firma del 10% de los militantes.
A día de hoy, según fuentes de la dirección del PSOE, hay unos 700.000 afiliados, incluyendo a los simpatizantes. Los militantes al corriente de pago y que, por tanto, podrían votar en unas primarias, son algunos más de 300.000.
Sin embargo, hay que tener en cuenta que la celebración de unas primarias para elegir al candidato a la Presidencia del Gobierno podría ser un acicate para que militantes que no están al corriente de cuota se pongan al día, o para que una parte de los simpatizantes se haga militante y así poder participar en el proceso.
La Comisión de Garantías Electorales Federal es la encargada de velar por el cumplimiento de la normativa durante todo el proceso, y de verificar que los candidatos cumplen los requisitos.
Si concluido el plazo de presentación de candidaturas, que debe ser de entre quince y veinte días, sólo hay un candidato, sería automáticamente proclamado por el Comité Federal. En caso de haber más de una y, por tanto, de materializarse la votación de primarias, los plazos no superarían los 45 días hasta la votación de los militantes.
La normativa dice que una vez proclamados los candidatos a primarias, se les facilitará “en igualdad de condiciones” el desarrollo de las actividades de información interna: Una comunicación postal con el cuerpo electoral, la utilización de los locales del partido señalados al efecto para la celebración de reuniones y la presencia en la comunicación interna del partido.
Prohíbe expresamente realizar campañas de imagen o publicidad pagadas o sometidas a algún tipo de contraprestación, y realizar manifestaciones que supongan descalificación o menoscabo hacia otras candidaturas, cargos públicos socialistas o responsables orgánicos.

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