Campaña de la Renta

¿Cómo puedo rectificar la declaración de la Renta ya presentada?

En caso de haber tramitado el borrador de la Renta 2023, es posible presentar en Hacienda una modificación en caso de haber localizado errores u omisiones en los datos declarados. Así puedes notificarlo a la Agencia Tributaria para no tener problemas.

¿Cómo puedo rectificar una declaración de la Renta ya presentada?
¿Cómo puedo rectificar una declaración de la Renta ya presentada?
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Una vez presentada la declaración de la Renta puede darse el caso de que, al comprobarla de nuevo, se observa que hay errores o que se han omitido algunos datos declarados. Ante esta situación, para evitar problemas con el fisco, es posible realizar la rectificación de una autoliquidación en la Agencia Tributaria, un procedimiento que permitirá subsanar cualquier error relacionado tanto con la cantidad a pagar como a devolver. De igual modo, también se recurrirá a este procedimiento para informar de algún dato, aunque este no afecte al resultado de la declaración.

En este sentido, conviene saber que la rectificación de la autoliquidación solo podrá realizarse cuando la Administración tributaria aún no haya efectuado la liquidación definitiva o provisional por el mismo motivo, además de que no pueden haber pasado 4 años a contar desde el día siguiente al día de finalización del plazo de presentación, o a contar a partir del día siguiente al que se haya presentado la declaración si ésta fue presentada fuera de plazo.

Pasos para rectificar la declaración de la Renta

Para poder acceder a la rectificación de una declaración de la Renta ya presentada, los pasos a seguir son sencillos, debiendo acudir a la sede electrónica de la AEAT, para dirigirse al “Servicio tramitación de borrador / declaración (Renta WEB)" o bien desde la opción “Modificación de una declaración ya presentada”, disponibles en ambos casos desde el apartado “Gestiones IRPF” del modelo 100.

Para acceder existe la posibilidad de identificarse mediante certificado o DNI electrónico, con el número de referencia de la declaración o con cl@ve PIN. Una vez identificado, llegará el momento de acceder al expediente, verificando que tu declaración se encuentra presentada. Para ello hay que observar el campo “Estado de tramitación”, donde deberá aparecer que la declaración “se está tramitando”, mientras que en “Historia del expediente” se dispondrá de la “Grabación de la declaración”.

Para poder acceder a la rectificación habrá que acudir al apartado “Servicios Disponibles”, habrá que pulsar en la opción “Modificar declaración”. Al iniciar Renta WEB, aparecerá una ventana en pantalla que permitirá seguir con la última sesión guardada, modificar la declaración de la renta presentada o poder generar una nueva declaración. En este caso habrá que seleccionar el botón “Modificar declaración presentada”.

En el siguiente paso se podrá elegir entre rectificar una autoliquidación o realizar una declaración complementaria, esta última si se va a declarar algo que suponga pagar más de lo pagado inicialmente. Hecho esto, habrá que marcar la casilla 127 para rectificar la autoliquidación (casilla 107 para una declaración complementaria), para seguidamente, ya dentro de la modificación, realizar los cambios oportunos y “Validar” antes de pulsar en “Presentar declaración”.

Desde ese momento, al acceder al expediente se podrá ver tanto la declaración presentada en inicialmente, como las que se han presentado a posteriori, es decir, una vez rectificada siguiendo el procedimiento de la AEAT.

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