Nueva resolución

CNMC rechaza pactar con SGAE en el caso ‘anti-monopolio’ y apunta a otra sanción

La organización había propuesto ‘in extremis’ el inicio de negociaciones para zanjar el expediente en el que analiza “posibles prácticas restrictivas de la competencia” en la aplicación de sus tarifas a radios y televisiones.

La presidenta de la Comisión Nacional de los Mercados y La Competencia (CNMC), Cani Fernández
La presidenta de la Comisión Nacional de los Mercados y La Competencia (CNMC), Cani Fernández
Eduardo Parra / CONTACTO vía Europa Press

Se llegará hasta el final. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) acaba de cerrar la puerta a un potencial acuerdo con la Sociedad General de Autores (SGAE) para cerrar con un pacto la última gran investigación por abuso de posición dominante. El organismo presidido por Cani Fernández ha decidido rechazar la solicitud de la organización realizada ‘in extremis’ y en el marco de un expediente en el que se analizan desde hace casi dos años “posibles prácticas restrictivas de la competencia” en la aplicación de sus tarifas a radios y televisiones y que podría implicar la imposición de una multa millonaria.

A finales de enero, según queda reflejado en la resolución aprobada por el consejo de la Sala de la Competencia y consultada por La Información, la SGAE proponía el inicio de actuaciones tendentes a la terminación convencional del expediente. Tres días después, la Dirección de Competencia acuerda la denegación. En febrero, la sociedad de gestión de derechos de autor presenta un recurso. Después de varios intercambios, a mediados de este mes de abril se ha resuelto definitivamente rechazando completamente esta medida, lo que acarreará previsiblemente un castigo relevante.

El consejo de la CNMC respalda la decisión de la Dirección de Competencia, que tiene en cuenta varios factores en su informe. Uno de ellos es el interés público. Éste debe ser mayor en la aceptación de unos eventuales compromisos para resolver “de inmediato” el caso que en declarar y sancionar las eventuales infracciones. La dirección recuerda que la organización ya ha sido sancionada en diversas ocasiones previas por infracciones similares, algunas de ellas confirmadas mediante sentencia firme. Estos precedentes, junto con la complejidad normativa relacionada con los derechos de propiedad intelectual y la “concentración de la oferta” en la gestión de estos derechos, hacen que el regulador se incline por “la disuasión especial” mediante la multa.

Por otra parte, Competencia destaca que la solicitud de pacto se llevó a cabo en un “momento muy tardío” del expediente. Hay que tener en cuenta, según queda constancia en la documentación, que la primera petición se llevó a cabo en enero de este año. Esto es más de dos meses después de la presentación de las alegaciones de la propia SGAE a lo que se conoce en el argot como pliego de concreción de hechos, es decir, el documento en el que se plantea una primera propuesta de castigo. “No había hecho mención a la posibilidad de una terminación convencional en diferentes remisiones de informes complementarias hechas en diciembre”, asegura.

Hay un tercer aspecto que se tiene en cuenta para dar este ‘portazo’: los compromisos que ha puesto sobre la mesa la expedientada. En este tipo de procedimiento para firmar la paz antes de la imposición de una sanción y otras medidas restrictivas el que lo solicita debe plantear una serie de concesiones para llegar al acuerdo. En este sentido, desde Competencia consideran que estas medidas “o bien se limitan al cumplimiento de la normativa aplicable, o bien no tienen relación con las conductas que se imputan a la SGAE”.

Esta decisión abre la puerta a una más que previsible sanción millonaria a la gestora de derechos. No se ha hecho ninguna estimación. Las anteriores que se impusieron eran inferiores a los 10 millones de euros. En este caso, el regulador sólo se limitó a asegurar en la apertura del expediente que las prácticas restrictivas consistían en el “diseño y aplicación” de las tarifas por disponibilidad en los mercados de la televisión y radio, así como por licenciar a los usuarios su repertorio “reputándolo universal”.

Esta conducta, según aseguraba, tendría la finalidad y posible efecto de “reforzar la posición monopolística” de SGAE e impedir tanto la competencia por otras entidades de gestión como la entrada y expansión de nuevos operadores en el mercado. De hecho, la investigación se inició por denuncias de las entidades Derechos de Autor de Medios Audiovisuales, Entidad de Gestión (DAMA) -esta ha recibido a muchos socios que han abandonado la SGAE en los últimos años- y Unison Rights.

Otros casos en el pasado

Ambas partes se conocen bien, pues en los últimos años se ha mantenido una pugna con varios expedientes y sanciones ejecutados. Muchos de ellos se han judicializado. El último que ha estado en el foco ha sido el de la sanción de casi 3 millones de euros también por prácticas anticompetitivas en los derechos. La Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional decidió anularla asegurando que no había quedado acreditado que la gestora de derechos “ostentara posición de dominio” en el mercado.

También en 2020 obtuvo una victoria, aunque en esta ocasión con carácter parcial, por otro caso vinculado al abuso de posición de dominio en la gestión de los derechos de los conciertos. La CNMC le exigió abonar 3,1 millones de euros. Pero el Tribunal Supremo le obligó a ejecutar un recálculo de la sanción. Sin embargo, en ese recálculo insistió en que lo que le correspondía era 10,5 millones, por lo que debía calcar la anterior para evitar indefensión. Sucedió algo parecido el año pasado con una multa algo más pequeña.

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