Santander desmonta la tesis de la CNMV y sale en defensa de la pensión de Ron

  • El banco alega que su compensación está recogida en estatutos desde hace 35 años y no la recogió en el informe de retribución porque no era exigible. 
Ángel Ron dice que "es buen momento para confiar en la economía española e invertir"
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El Popular -ya propiedad del Santander- rebate la investigación abierta por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) por, supuestamente, ocultar indemnizaciones bajo la fórmula de pensiones y sale en defensa de la transparencia de la compensación a los investigados: el expresidente Ángel Ron, su ex número dos, Francisco Gómez, y el secretario del consejo de administración, Francisco Aparicio. El expediente con el que el organismo amenaza con sancionar el banco con un millón de euros se basa en que el Popular no explicó la existencia de sus Compensaciones para Prejubilaciones en los Informes de Remuneraciones de los ejercicios 2013, 2014 y 2015.

Según el organismo dirigido por Sebastián Albella se lleva además a confusión bajo la fórmula de una jubilación y se pudo perjudicar al inversor, al desconocer las cuantías que cobrarían los directivos. Son tesis que desmonta una a una el Popular en las alegaciones remitidas a la CNMV, a las que ha tenido acceso este diario, y donde solicita el archivo y sobreseimiento de la causa, después de refutar la existencia de “omisiones” o “datos falsos o engañosos” en la información suministrada al mercado como denuncia el organismo.

Su análisis aborda dos vectores principales: si falló a la transparencia exigible y si pudo perjudicar al inversor, descartando ambas. En primer lugar, el banco subraya que se trata de una remuneración regulada en el artículo 27 de los estatutos que ha estado vigente “durante más de 35 años” y era "absolutamente pública" porque siempre estuvo disponible en la página web. Tal artículo establece que aquellos vocales del consejo y de la dirección general con, al menos, 20 años de trayectoria en la entidad, recibirían una compensación anual por pensión igual al salario cuando cesen en sus funciones “con independencia o en contra de su voluntad, y cualquiera que fuera su edad”.

Este tipo de compensación, distinto al sistema arbitrado por el banco para completar la jubilación de su plantilla, es el que, por ejemplo, concede el derecho a Ángel Ron a recibir una renta anual igual al millón de euros que ingresaba en nómina cuando se desvinculó de la entidad. A cambio tiene prohibido volver a trabajar en banca hasta la edad de jubilación (11 años de incompatibilidad).

El Popular sanciona en su escrito que la CNMV pida cuentas hoy por un desglose de información sobre el que no había obligación legal ni el propio organismo reparó hasta el ejercicio 2016, fecha a partir de la cual sí comenzó a incluirla en su informe anual como lo constata que tal documento pase el actual escrutinio sin tacha.

Según su relato, en 2013 no figuraba entre los conceptos que la normativa imponía detallar por no estar construída bajo la fórmula de sistemas de ahorro a largo plazo como un derecho al uso de pensión -lo contrató a través de una póliza de seguros con Mapfre- y “no estaba prevista en los contratos de los consejeros ejecutivos” aunque sí figurase en los Estatutos. “No hay ninguna omisión que pueda tipificarse como infracción habida cuenta del silencio de la normativa aplicable a este particular”, defiende.

Una reforma en la ley de Sociedades de Capital en 2014 obliga a recoger dichos beneficios en los contratos mercantiles de los consejeros ejecutivos y por eso la mencionará en los informes de remuneraciones de ese año y siguiente mencionando el artículo de los estatutos donde se regula. “La información no puede ser más clara: “se reconoce a los consejeros ejecutivos una pensión (...) cuando, con independencia o en contra de su voluntad, y cualquiera que fuera su edad, no hubiera sido renovados en su cargo y funciones. Se ha incluído toda la información necesaria, sin existir omisiones”, refiere el Popular en las alegaciones.

"Existe una oscuridad regulatoria respecto al tratamiento de esta figura retributiva a los efectos de los informes anuales de retribuciones. Oscuridad que no puede utilizarse en contra del administrado para imponerle una sanción por conductas sobre la que la norma no da pautas de actuación” argumenta.

La CNMV no exigió tal información hasta 2016

La entidad repara en que la propia CNMV no demandará a las sociedades cotizadas hasta 2016 hacer un esfuerzo en la mejora de la calidad de la información suministrada sobre jubilaciones, y será entonces cuando estime que una jubilación antes de la edad de retiro, “en la práctica, convierte este tipo de remuneraciones en indemnizaciones por cese”. “Por tanto -alega- nada podía llevar al Popular a anticipar que algo no se estaba haciendo del todo correctamente a juicio de la CNMV en relación con la Compensación por Prejubilación. Este hecho, unido al silencio de la normativa y a lo razonable de la actuación de la sociedad, determinan la inexistencia de culpabilidad”.

El banco, que reclama a CNMV no ser sancionada si lleva a término el expediente por ser ya una entidad distinta y con diferentes gestores; refuta además que el eventual desconocimiento hubiese privado al inversor de tomar otras decisiones. El supervisor ha puesto el foco en por qué no se cuantificaron las provisiones que estaba obligado a efectuar para atender a las compensaciones. Según la entidad, era inviable al desconocer en qué momento se rompería la relación laboral con Ron o Gómez, cuya salida ha sido a una edad muy temprana y alejada a la de la jubilación regulatoria, y la práctica bancaria es dotar buena parte de esas huchas cuando se materializa la salida.

El Popular tuvo que asumir 12,8 millones de euros por Ron y 9 millones por su exconsejero delegado, Francisco Gómez. “No resulta razonable pensar que hubiera cambiado de algún modo la conducta inversora de terceros frente al Popular el hecho de haber hecho una expresa mención (...) Las aportaciones son de una cuantía absolutamente incapaz de afectar la cotización de la entidad, de impactar a las cuentas anuales o de afectar al funcionamiento y generación de negocio”, concluye.

Aún defendiendo la transparencia el Santander ha reclamado a los antiguos ejecutivos -Ron, Gómez, junto a los también exconsejeros delegados, Pedro Larena e Ignacio Sánchez Asaín, y el expresidente Emilio Saracho- la devolución de determinados componentes de retribución variable y pensiones por la mala situación de la entidad. El reintegro de importes abonados y futuros devengos, por valor de unos 25 millones, está ligado a la cláusula de 'clawback' contenida en contratos en caso, como ahora ocurre, del mal desempeño de la entidad. El grupo aplica así la doctrina del Banco Central Europeo  (BCE) y la Autoridad Bancaria Europea (EBA) sobre la entrega de remuneraciones variables a entidades que entran en pérdidas o en resolución. Esta decisión la retrocede, tras consultar con dichas autoridades, a 2014 y ejercicios siguientes, lo que en la práctica implica que reclama la pensión de Ron (12,8 millones) y la de Gómez (9  millones). Le ha negado la indemnización a Larena, a la que Saracho y Asiaín renunciaron. 

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