(AMPLIACIÓN) LA JUEZA LAMELA RECHAZA EL DESBLOQUEO PARCIAL DE LAS CUENTAS DE ROSELL Y CALCULA EN 58 MILLONES LAS POSIBLE MULTAS

La jueza de la Audiencia Nacional Carmen Lamela ha dictado un auto en el que rechaza la petición del expresidente del FC Barcelona Alexandro Rosell de desbloqueo parcial de sus cuentas bancarias. La magistrada considera que el valor de los bienes embargados y saldos bloqueados, que Rosell cuantifica en casi 25 millones de euros, es una cifra muy inferior a la multa que se podría imponer y que calcula en unos 58 millones de euros.
El pasado 23 de mayo la jueza acordó bloquear los bienes y los saldos de todas las cuentas bancarias, depósitos, valores, títulos, acciones, deuda pública, contenido de cajas de seguridad u otros activos financieros de los que fuera titular Rosell.
Poco después, Rosell solicitó la modificación de la medida acordada por la magistrada, argumentando que la cuantía de lo embargado ascendía a casi 25 millones de euros, lo que, según su punto de vista, supera en 10 millones la cantidad que se pretendía garantizar.
Además, el investigado solicitaba el desbloqueo parcial para atender diversos pagos como las cuotas de amortización de dos hipotecas, los salarios de dos empleados, impuestos y otro tipo de gastos familiares. Pedía también que el bloqueo no afectara a los alquileres que obtiene de tres de las fincas embargadas.
La jueza rechaza todas las peticiones del expresidente del Barcelona al entender que no ha existido ninguna extralimitación de las entidades bancarias en el cumplimiento de lo acordado por ella.
Recuerda que se investiga un delito de blanqueo que asciende a 14.973.328 euros y por ello las responsabilidades pecuniarias que pudieran surgir de las infracciones investigadas ascenderían a una multa de 44.919.984 euros, una cantidad a la que habría que añadir un 30 por ciento (artículo 575.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal), por lo que la cuantía total ascendería a 58.395.979 euros. Así pues, “el valor de los bienes embargados y bloqueados al Sr. Rosell que su letrado fija en 24.798.924 euros es muy inferior a la suma que habría que garantizar”, indica el auto.
La jueza descarta también que los bienes y cuentas embargados sean los únicos con los que cuente Rosell para hacer frente a determinados gastos. La magistrada hace constar que el investigado “posee o poseía fondos en el extranjero (más de 10 millones de euros), y más en concreto en Goldman Sachs en Reino Unido y en Generali Pan Europe en Irlanda”, así como inversiones en Luxemburgo.
“En definitiva, apareciendo que el señor Rosell realiza inversiones en el extranjero, no puede aceptarse que los bienes embargados o retenidos sean los únicos con los que contaba el investigado para atender a los pagos respecto de los cuales solicita el desbloqueo parcial de sus cuentas”, añade.
De aceptar su petición, argumenta la jueza, “supondría de hecho permitir que tales fondos, cuya procedencia se sospecha delictiva, se utilicen en beneficio de la situación patrimonial del imputado, que vería cómo con cargo a bienes decomisables se libera de deudas y se atienden gastos particulares”.
La Audiencia Nacional rechazó el pasado día 20 el recurso de Rosell en contra de su prisión por entender que tiene dinero y vinculaciones con el extranjero que le podrían facilitar la fuga. Rosell está en prisión desde el pasado 25 de mayo.

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