Esta obligación de información viene recogida en una Orden publicada en julio de 2007 y su incumplimiento supone la comisión de infracciones graves de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos.
Según el organismo presidido por José María Marín Quemada, las empresas sancionadas incurrieron en distintos incumplimientos de la obligación de remisión de información requerida por dicha Orden.
En concreto, las estaciones de servicio multadas por la CNMC son Box Cars New (sanción de 8.900 euros); María Luque Lujano (12.100 euros); Seven Oil (5.500 euros); Arpaoil (4.700 euros), Playa Area (20.000 euros); Maldonado y Méndez (6.800 euros); Combustibles Manchegos (1.800 euros); Cafestore (4.600 euros); Río Pancrudo Sociedad Cooperativa (9.100 euros); Es Menorca (10.000 euros) y Beroil (4.500 euros).
Las resoluciones pueden ser recurridas ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional cuarta, 5, de la Ley 29/1998, de 13 de julio.
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