Declarada la "pérdida definitiva de la condición de funcionario" del secretario de La Algaba condenado en 2014

EUROPA PRESS
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El Ministerio de Hacienda y Administración Pública ha declarado la "pérdida definitiva de la condición de funcionario de Administración Local, con habilitación de carácter nacional, subescala Secretaría-Intervención", de Juan Alfonso Rubio López, actual secretario general del Ayuntamiento de La Algaba y condenado a ocho años de inhabilitación para empleo o cargo público por su papel en un delito contra la ordenación del territorio cometido en el Consistorio de Gerena, cuando él ejercía su cargo en dicha administración.

Todo parte de una sentencia emitida en abril de 2014 por el Juzgado de lo Penal número 12 de Sevilla, condenando a ocho años de inhabilitación especial para empleo o cargo público, y multas de 4.500 euros, al exalcalde de Gerena Jacinto Pereira (PSOE), cuatro concejales socialistas de la corporación local de aquel momento entre los que figuraba la entonces alcaldesa, Margarita Gutiérrez, y el entonces secretario interventor del Consistorio, Juan Alfonso Rubio López, por un delito contra la ordenación del territorio.

La sentencia, recogida por Europa Press, deriva de la concesión de una licencia de obras solicitada por un vecino para la reforma y ampliación de su vivienda, "a pesar del informe desfavorable del arquitecto municipal, a la vista de la legalidad vigente".

Según la existencia, "la existencia de un planeamiento de desarrollo o plan parcial y un proyecto de urbanización eran en todo punto ineludibles" para la concesión de la citada licencia y todos los condenados eran conscientes de que "el arquitecto municipal informó de que procedía denegar la licencia porque las normas urbanísticas clasificaban el terreno como suelo urbanizable sectorizado (...) y al no haber sido aprobado el documento de planeamiento de desarrollo del ámbito del plan parcial, ni un proyecto de urbanización, no era posible comprobar que se cumplían los parámetros de la calificación aplicable".

"A petición del alcalde, y con objeto de que se aprobara la concesión de la licencia por la junta de gobierno, Juan Alfonso Rubio, en su condición de secretario interventor del Ayuntamiento, emitió un informe con una serie de argumentos a favor de conceder la licencia y se proponía que si se concedía, se sometiese a la condición de la firma de una declaración del propietario de aceptación de que su parcela iba a ser incluida en suelo urbano no consolidado en el PGOU", refleja la sentencia, según la cual "estas afirmaciones las realizaba el acusado basándose en previsiones futuras, siendo consciente de que el instrumento de planeamiento no existía y argumentando a favor de conceder la licencia razones ajenas a la legalidad vigente".

La sentencia señala "la creencia de los acusados de no actuar en contra de la legalidad y obrar en consideración a lo que se había convertido en una situación admitida por todos, estimando que la concesión de la licencia estaba justificada porque, como expresó el secretario, la realidad física había superado a la realidad jurídica", pero aunque "puede ser que los acusados persiguieran un beneficio de la colectividad, propiciando su desarrollo urbanístico, estos elementos no constituyen (...) circunstancia eximente, atenuante o justificadora de su conducta".

CONDENA YA FIRME

Pues bien, después de que el pasado 19 de julio la Audiencia Provincial de Sevilla desestimase los recursos de apelación promovidos por los condenados contra dicha sentencia, ratificándola y declarándola firme, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ha emitido una orden respecto a la situación del secretario interventor.

En esta orden emitida el pasado 21 de diciembre y recogida por Europa Press, el Ministerio da cuenta de que el Juzgado de lo Penal número 12 de Sevilla "ha remitido liquidación de condena" respecto a Juan Alfonso Rubio, en el sentido de determinar su condena "a ocho años de inhabilitación de empleo o cargo público desempeñado en el momento de la comisión de los hechos, dando comienzo el cumplimiento de la pena el día 9 de noviembre de 2016", toda vez que desde hace aproximadamente un mes, este funcionario ejerce como secretario del Ayuntamiento de La Algaba, como queda constatado en un informe que él mismo firmaba el pasado 20 de diciembre en calidad de secretario de dicho Consistorio.

En cualquier caso, la orden del Ministerio determina que conforme a la legislación vigente, como la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, "la pena de inhabilitación especial impuesta judicialmente comporta para el afectado la pérdida definitiva de la condición de funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional", extremo que se declara "con efectos de 9 de diciembre de 2016".

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