El TAS sólo reduce de seis a cuatro años la sanción a Platini

EUROPA PRESS

La FIFA, a través de su Comité de Ética, suspendió ocho años a Platini y Joseph Blatter de "toda actividad ligada al fútbol" por las sospechas de un pago realizado por el suizo cuando era presidente del máximo organismo internacional diez años después de que el francés lo hiciese, lo que fue considerado como "conflicto de intereses" y "gestión desleal".

Platini presentó una primera apelación ante la FIFA, que redujo su castigo en dos años y prosiguió su 'batalla' en el TAS, que únicamente le ha quitado otros dos años de suspensión. Además, será multado con 60.000 francos suizos (55.000 euros) y no con los 80.000 (72.000 euros) acordados en un principio.

Tras conocer la sentencia, el francés confirmó que dimitirá como presidente de la UEFA en el próximo congreso del organismo, que está programado para el 18 de mayo en Basilea (Suiza), de cara a poder seguir con esta pelea judicial en los tribunales ordinarios, y tampoco ocupará ningún función predominante durante la próxima Eurocopa.

En su sentencia, el TAS, presidido por Luigi Fumagalli, Jan Paulsson y Bernard Hanotiau, confirmó la existencia de un "contrato válido entre Michel Platini y la FIFA", que fue firmado en 1999 y por el que el exjugador recibía un salario anual de 300.000 francos suizos (270.000 euros).

Sin embargo, el comité no estaba "convencido de la legitimidad" del pago de dos millones de francos suizos (1.805.000 euros) que realizó Joseph Blatter a favor de Platini, subrayando que las relaciones de trabajo entre ambos no se justifican con "ningún documento".

"El señor Platini lo justifica como pago atrasado, explicando que lo había acordado verbalmente con el señor Blatter en 1998, cuando el futuro presidente de la FIFA estaba negociando con él un salario anual de un 1.000.000 de francos suizos (902.000 euros)", afirma el comunicado.

DICTAMEN POR "UNANIMIDAD"

Por ello, los jueces del TAS "determinaron unánimemente" que el dirigente francés "obtuvo una injustificada ventaja" en la infracción del artículo 20 del Código de Ética de la FIFA y además le halló "culpable de conflicto de interés" al romper el artículo 19, remarcando que "se benefició de la extensión de un plan de pensión a la que no tenía derecho".

"Basándose en estos hallazgos, el Panel del TAS consideró que la suspensión impuesta por la FIFA era sin embargo demasiado severa y decidió reducirla a cuatro años, lo que corresponde a un mandato presidencial", añadió, opinando que esta sanción tan dura podría estar "justificada por las funciones superiores" que tenía Platini, "la ausencia de cualquier arrepentimiento y el impacto que este asunto ha tenido en la reputación de la FIFA".

Por otro lado, el tribunal aclaró que el francés no podía ser sancionado por la violación de los artículos 13 (reglas generales de Conducta) y el 15 (Lealtad) del Código Ético, y observó que la FIFA "sabía" el pago de 2011, pero que "inició una investigación sobre el comportamiento" del presidente de la UEFA en septiembre de 2015.

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