La Audiencia aplicó las atenuantes de legítima defensa, miedo insuperable, estado de necesidad, estado pasional, confesión y reparación, y no atendió las peticiones de la Fiscalía ni de la acusación particular --ejercida por la familia del fallecido--, que reclamaba entre 15 y 20 años de cárcel dependiendo de si los hechos se consideraban homicidio o asesinato.
En este contexto, el Tribunal Supremo ha estimado en su sentencia el recurso de la acusación particular y declara la nulidad del veredicto, basando su decisión en la "contradicción insalvable" en la que incurrió el veredicto anulado.
Así, señala que el jurado no consideró probado que el acusado reflexionara sobre las consecuencias de su disparo (razón por la que excluyen el dolo eventual de muerte), pero sí mantuvo que tras cargar la escopeta le disparó a la pierna con intención de detener el avance de la víctima, antes de que pudiera alcanzar su posición y por miedo a que usara una navaja contra él.
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