Así consta en una sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, en la que se confirma el fallo dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 11 de Madrid al desestimar el recurso presentado por la asegurado del Consistorio madrileño.
Esta sentencia rechazó el recurso contra la resolución de la Secretaría General Técnica de Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid, de 6 de febrero de 2014, que declaró la responsabilidad patrimonial del Consistorio.
El hecho que dio origen a la indemnización se produjo el 21 de junio de 2014 cuando se desprendió una rama de grandes dimensiones en El Retiro. El afectado se hallaba en presencia de sus dos hijos, de los que uno resultó herido.
La sala manifiesta que "las sumas indemnizatorias fijadas entran dentro de lo que esta Sala considera una razonable compensación del daño". Por ello, afirma que el pronunciamiento de instancia debe ser firme y rotundamente confirmado en apelación.
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