Testigos citados en la investigación al exconsejero Alonso explican en el TSJA cómo fueron sus nombramientos

Testigos citados en la investigación al exconsejero Alonso explican en el TSJA cómo fueron sus nombramientos
Testigos citados en la investigación al exconsejero Alonso explican en el TSJA cómo fueron sus nombramientos
EUROPA PRESS
EUROPA PRESS

Según han informado a Europa Press fuentes judiciales, los cinco testigos --el que fuera director de Industrias Creativas y del Libro (la actual Innovación Cultural y del Libro), dos personas relacionadas con la Filmoteca de Andalucía y a otras dos vinculadas al Centro Andaluz de la Imagen-- han comenzado a declarar ante el magistrado instructor, Miguel Pasquau, el fiscal y el abogado de Alonso sobre las 10,00 horas de este martes y todas las comparecencias se han dado por finalizadas en la Sala de lo Civil y Penal del TSJA pasadas las 11,30 horas.

Los citados han contestado a todas las preguntas que les ha formulado el instructor, la Fiscalía y el abogado de Alonso, que han girado en torno a sus propios nombramientos, similares al de Guerrero, y han indicado las misiones que se les encomendaron, en el caso de dos de ellos el anteproyecto de la Ley del cine, que requería una serie de trabajos previos.

Según las fuentes consultadas, tras el testimonio de estos cinco testigos, no está previsto que el instructor llame a declarar a más personas relacionadas con el caso.

En un auto dictado el 2 de junio, el instructor pidió a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Cultura un informe sobre la persona designada como director de Industrias Creativas y del Libro entre el 5 de mayo de 2012 y el 17 de junio de 2015 y sobre la persona designada como director de la Filmoteca de Andalucía con fecha 10 de septiembre de 2013, "acompañándose cuanta documentación obre sobre dicho nombramiento (propuesta, en su caso, de órganos inferiores, aceptación y toma de posesión)".

En este mismo auto, el magistrado instructor archivó la causa contra Luis Guerrero y acordó continuar las diligencias previas únicamente contra el exconsejero de Educación, Cultura y Deporte Luciano Alonso por posibles delitos de prevaricación administrativa y de malversación de caudales públicos.

Esta decisión fue recurrida por la Fiscalía Superior de Andalucía, pero el recurso fue desestimado el pasado 7 de julio por la Sala de lo Civil y Penal del TSJA, que señala en primer lugar que Guerrero, "que venía ostentando un puesto de personal eventual por designación del presidente de la Diputación de Málaga, cesó en ese puesto al aceptar la oferta de nombramiento como personal eventual en el ámbito de la Consejería de Cultura", por lo que este nombramiento "no fue pedido por aquel sino que fue propuesto" por Luciano Alonso.

Asimismo, se puso de manifiesto que, "de la investigación practicada, ha quedado acreditado" que Luis Guerrero "prestó sus servicios como personal eventual al servicio de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía en la provincia de Málaga tal como se le había encomendado al tiempo de su nombramiento".

La Sala coincidió con el magistrado instructor en que el ofrecimiento que se le hizo a Guerrero a fin de que desempeñara el nuevo trabajo en la Consejería, siendo ello el motivo de su cese en el cargo anterior en la Diputación, "elimina toda responsabilidad penal por la resolución administrativa de nombramiento cuya supuesta ilegalidad no le sería imputable, pues conforme a las diligencias de prueba practicadas en esta investigación, Guerrero ninguna participación tuvo en el dictado de las resoluciones administrativas en base a las cuales prestó sus servicios como eventual en la Junta".

PERSONAL EVENTUAL

De este modo, y "como consecuencia de su nombramiento como personal eventual al servicio de la Consejería (no como asesor del gabinete de la Consejería ni como asesor del consejero) y su dedicación exclusiva al cometido designado", Luis Guerrero "cobró un sueldo con cargo a los presupuestos de la Junta en base a la actividad efectivamente desplegada que tenía un contenido de prestación real y conforme a la función pública".

En este sentido, la Sala coincidió con el criterio del instructor en que "el hecho de que el contenido concreto de las funciones por las que se le retribuyó (asesor de la Consejería en Málaga) no sean las propias del puesto para el que se le nombró (director del Centro Andaluz de Documentación del Flamenco), podría denotar una ilegalidad en su momento, pero no un delito de malversación de caudales públicos achacable o del que se hubiere beneficiado Guerrero".

Según se aseveró, Guerrero "ni sustrajo fondos públicos, ni el otro investigado consintió que esto se produjera", ya que "la percepción de fondos públicos" por parte del primero "fue la contraprestación por el trabajo efectivamente realizado en la Consejería como personal eventual".

En su recurso, la Fiscalía también pidió que, de no considerarse a Guerrero autor por cooperación necesaria de la malversación, fuera considerado partícipe a título lucrativo, algo que rechaza la Sala por "la ausencia de un beneficio a título lucrativo, dado que la prestación que percibió por el trabajo efectiva y realmente desarrollado como empleado eventual en la Consejería en el ámbito de la provincia de Málaga fue en virtud de un nombramiento para tal cargo".

EL RECURSO

En el recurso de apelación, el Ministerio Público argumentaba que el nombramiento de asesor de gabinete "carecía de cobertura legal y presupuestaria" en Málaga "al no existir en el organigrama administrativo de la Junta de Andalucía", a lo que se suma que "tampoco tenía las funciones que se encomendaron a dicho puesto de trabajo", ya que "sólo se encuentra avalada por el testimonio de los propios querellados ante el instructor de la causa".

La Fiscalía también señalaba en su recurso que, administrativamente, los asesores del Gabinete de esta Consejería "tienen la relación de puesto de trabajo en Sevilla y dependen del jefe de Gabinete", y en su declaración judicial Luis Guerrero reconoció que "no mantuvo relación profesional directa con el Gabinete del consejero ni con el jefe del mismo".

Para el fiscal, resulta "significativo" que Luis Guerrero, "periodista y que hasta ese momento desempeñaba el cargo de coordinador del grupo del PSOE en la Diputación de Málaga, en la declaración de incompatibilidades en la toma de posesión del cargo en el apartado al puesto de trabajo no hiciera constar el cargo de asesor de gabinete sino el de 'DIR'".

El Ministerio Público consideró los hechos como un presunto delito de prevaricación administrativa como medio para cometer otro de malversación de caudales públicos, ya que entiende que Luis Guerrero ejerció el puesto de director del CADF entre agosto de 2012 y junio de 2015 "sin haber visitado nunca la sede del mismo ni desempeñado las labores del cargo".

Mostrar comentarios