Alaya confirma la acusación contra el exparlamentario del PSOE Ramón Díaz

  • La juez que instruye el caso los ERE, Mercedes Alaya, ha rechazado archivar los delitos que le atribuye al exparlamentario del PSOE Ramón Díaz, lo que sí ha aceptado respecto a otros dos acusados y a dos personas con minusvalía, por lo que el número de imputados en la causa se eleva a 217.

Sevilla, 6 oct.- La juez que instruye el caso los ERE, Mercedes Alaya, ha rechazado archivar los delitos que le atribuye al exparlamentario del PSOE Ramón Díaz, lo que sí ha aceptado respecto a otros dos acusados y a dos personas con minusvalía, por lo que el número de imputados en la causa se eleva a 217.

El exparlamentario y también antiguo asesor de la dirección general de Trabajo entre 2005 y 2009 está acusado de los delitos de tráfico de influencias, prevaricación y malversación.

La juez afirma que el antiguo diputado favorecía la inclusión de beneficiarios en expedientes de regulación en empresas en las que no habían trabajado, los conocidos como intrusos, y en uno de los casos porque se trataba de un compañero de agrupación del PSOE.

Díaz había pedido el archivo de la causa, pero la juez ha dictado un auto, al que ha tenido acceso Efe, en el que rechaza la solicitud, decisión que ha sido la misma respecto a varios imputados, como el exdirector general de IDEA Antonio Valverde y el exconcejal del PP en el Ayuntamiento de La Carolina (Jaén) Ramón Polo.

También mantiene la imputación del ex secretario general de MCA-UGT en Jaén Manuel Morales Larrubia; a la gerente de Promi Cristina Ruiz Castillo y a su padre, Rafael Ruiz García, presunto intruso de Cepsa, y a la mujer del exdirectivo de Vitalia Antonio Albarracín, María José Marcos.

Además, la juez archiva la causa respecto al abogado del bufete Estudios Jurídicos Villasís Daniel Gutiérrez Montaña y al empresario José Joaquín Barneto porque considera que no hay indicios suficientes para acusarles.

En otro auto, la juez archiva la causa contra otros dos imputados porque tienen una minusvalía física del 75 y el 80 % y no se les puede llamar para una declaración judicial.

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