(ampliación) el supremo rechaza repetir el juicio a francisco camps


El Tribunal Supremo desestimó este martes el recurso presentado contra la absolución del expresidente de la Generalitat valenciana Francisco Camos y rechazó que tenga que repetirse el juicio al entender que "concurrían las mayorías necesarias para declarar no probados" los hechos de los que se le acusaban.
Sólamente el magistrado Joaquín Giménez García defendió que es necesario repetir el juicio a Francisco Camps y anunció que emitirá un fallo particular contra el rechazo al recurso de casación número 424/2012 interpuesto por la acusación popular.
El Tribunal Supremo respalda así la sentencia dictada por la Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana que el año pasado absolvió al expresidente de la comunidad autónoma en el conocido como "caso de los trajes” regalados por la presunta trama de corrupción del empresario Francisco Correa.
El Supremo estima que la sentencia absolutoria fue adecuada porque "concurrían las mayorías necesarias para declarar no probados los hechos desfavorables del objeto del veredicto".
Además, en el fallo adelantado asegura que "la motivación efectuada por el jurado no ha sido arbitraria, ilógica o irrazonable, al individualizar las pruebas y elementos de convicción que le han llevado al veredicto de no culpabilidad".
El texto completo de la sentencia del Tribunal Supremo, que cierra definitivamente la causa abierta contra Camps, tardará varios días en conocerse, dado que el magistrado Joaquín Giménez García debe redactar su voto particular.
ANTECEDENTES
Tanto Francisco Camps como su compañero Ricardo Costa fueron declarado "no culpables" el 25 de enero de 2012 del delito de cohecho impropio que se les atribuía por los trajes y regalos que supuestamente recibieron de la trama de corrupción del 'caso Gürtel'.
El jurado alcanzó esta decisión en una apretada votación, por cinco votos contra cuatro, entre los seis hombres y tres mujeres que compusieron el jurado popular en Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
El portavoz del jurado explicó entonces que consideraban probado que "la relación” entre los presuntos cabecillas del 'caso Gürtel', Francisco Correa, Pablo Crespo y Álvaro Pérez, con Camps y Costa “era meramente comercial”, por lo que entendieron que “no recibieron regalo alguno en consideración a su cargo”.
La Fiscalía había pedido que se condenase al expresidente de la Generalitat valenciana y al ex secretario general del PP en la Comunidad Ricardo Costa al pago de sendas multas de 41.250 euros, al atribuirles delitos de cohecho pasivo impropio.
El Ministerio Público sostenía que Camps había recibido en consideración a su cargo diez trajes, cuatro americanas, cuatro corbatas y cuatro pares de zapatos, valorados en un total de 13.121 euros. Acusaba asimismo a Costa de haber sido obsequiado con cinco trajes, dos americanas y nueve pantalones, valorados en 10.075 euros.
El jurado popular, tras las 26 sesiones de juicio oral, consideró probado que ni Camps ni Costa tenían influencia “en materia de contratación” en relación con la trama de corrupción del 'caso Gürtel'. “No hay documentación que acredite que el señor Camps no pagara esos trajes”, señalaba el veredicto del jurado popular.

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