Por un "error técnico"

El caso sobre Plus Ultra se dilata ante la necesidad de repetir el careo de peritos

El servicio encargado de las grabaciones de vistas judiciales ha comunicado a la juez que el vídeo de esta diligencia, que se celebró a mediados de enero, no recogió el sonido y no hay posibilidad de recuperarlo.

Plus Ultra
El caso sobre Plus Ultra se dilata ante la necesidad de repetir el careo de los peritos.
Agencia EFE

La grabación del careo entre los peritos de Plus Ultra y los designados por el juzgado "no tiene sonido y no puede ser recuperado". Esa es la conclusión a la que ha llegado el servicio encargado de las grabaciones de vistas judiciales, tras intentar encontrar el fallo técnico que ha provocado que las declaraciones no se capturaran correctamente para que posteriormente pueda servir como base probatoria. Por ello, la juez que investiga las presuntas irregularidades en el rescate de 53 millones de euros a la compañía aérea se ve abocada a dilatar el procedimiento ante la necesidad de tener que repetir la diligencia que se celebró el pasado 18 de enero.

La juez decidió enfrentar a los peritos que analizaron la situación financiera en la que se encontraba la aerolínea antes de recibir la ayuda pública debido a las discrepancias que se constatan en sus respectivos informes. Por un lado, los expertos de Deloitte y DC Advisory, que examinaron las cuentas a petición de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), organismo que concedió el rescate, sostienen que la empresa no estaba en situación de crisis a la fecha de 31 de diciembre de 2019 y por tanto cumplía las condiciones para recibir el préstamo. Por otro lado, la instructora encargó un informe independiente, que plasmó la existencia de "dudas más que razonables" de que la compañía reuniera todos los requisitos exigidos.

En este contexto, tanto Plus Ultra como la Abogacía del Estado y la Fiscalía de Madrid se apoyan en la conclusión de los primeros peritos para pedir el archivo de la investigación, que se inició en abril de 2021 con la admisión de una querella interpuesta contra la cúpula de la SEPI, cuya defensa ejercen los servicios jurídicos del Estado. Sin embargo, la juez Collazos rechazó esta petición al entender que, antes de tomar una decisión como esta, debía escuchar a los expertos para tratar de aclarar por qué los resultados de los informes son distintos si han revisado las mismas cuentas

Los peritos afrontaron el careo a mediados del mes de enero y durante tres horas volvieron a exponer ante la juez las mismas conclusiones que en sus informes, según indicaron fuentes jurídicas presentes en la declaración. Fue entonces cuando la juez instructora puso a disposición de las acusaciones y defensas la grabación de dicha vista para que hicieran llegar sus valoraciones tras escuchar a los peritos, si bien las partes nunca llegaron a presentar sus alegaciones, ya que el archivo recogió la imagen pero no el audio de las declaraciones. Por este motivo, la magistrada mandó el vídeo al servicio del sistema de grabación de vistas (eFidelius) para que intentaran solucionar el fallo y poder continuar adelante con el procedimiento.

En una diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de Justicia del Juzgado, a la que ha tenido acceso La Información, informa que "por el servicio encargado del funcionamiento del 'sistema eFidelius' se informa que por error técnico, cuya causa no ha podido ser determinada, la grabación no tiene sonido y no puede ser recuperado". "Quedan los autos a disposición de la magistrada para dictar la resolución que proceda", concluye el escrito de la secretaria judicial. 

Piden su nulidad

Distintas fuentes jurídicas consultadas por este medio explican que siempre es necesario que las vistas queden incorporadas al sumario de la causa mediante transcripción o vídeo para que las partes puedan posteriormente estudiar la prueba y utilizarla como base de sus alegaciones. En este sentido, señala que mientras los juicios deben obligatoriamente grabarse y si falla el sistema se tiene que proceder a su repetición, las declaraciones en fase instrucción tienen validez siempre que sean firmadas por el declarante. A ello, añade que en el caso de este careo, al existir una grabación, no hay acta firmada de la transcripción literal y por ello lo procedente sería repetir la diligencia.

La decisión de la juez Collazos al respecto aún no ha trascendido, aunque alguna de las acusaciones populares (ejercidas por PP, Vox y Manos Limpias) ya se manifestaron a favor de anular la diligencia ante el fallo técnico, según confirmaron fuentes jurídicas. Por su parte, Plus Ultra no ha desaprovechado el tiempo para reforzar su defensa y a finales del pasado mes de enero insistió a la magistrada que aceptara incorporar a la causa un análisis contable que contradice el informe de los peritos del juzgado.

En cualquier caso, la investigación judicial, que cogió cierto impulso el pasado mes de julio tras el bloqueo durante un par de semanas de la segunda parte del rescate (34 millones de euros) hasta comprobar que la viabilidad de la compañía dependía de este dinero y que no iba a causar ningún "menoscabo patrimonial", se mantiene en curso hasta ver qué pasa con el careo. De este modo, todo apunta a que la juez tendrá que volver a aplazar la decisión sobre si finalmente llama a declarar a los responsables de la SEPI como investigados por la presunta malversación de caudales públicos, o si directamente archiva el procedimiento, como han pedido la Abogacía del Estado y el Ministerio Público.

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