El fiscal cree que no hay "ni un solo indicio" de que Blesa se vaya a fugar

  • La Fiscalía de Madrid considera que no existe "ni un solo indicio" de que el expresidente de Caja Madrid Miguel Blesa, en prisión incondicional desde el pasado miércoles, "vaya a sustraerse a la acción de la justicia o vaya a entorpecer la obtención de pruebas de un hecho acaecido hace más de 5 años".

Madrid, 7 jun.- La Fiscalía de Madrid considera que no existe "ni un solo indicio" de que el expresidente de Caja Madrid Miguel Blesa, en prisión incondicional desde el pasado miércoles, "vaya a sustraerse a la acción de la justicia o vaya a entorpecer la obtención de pruebas de un hecho acaecido hace más de 5 años".

Así lo expone el Ministerio Público en el recurso que presentó ayer ante la Audiencia Provincial de Madrid contra el auto en el que el juez Elpidio José Silva decretaba el pasado miércoles esta medida cautelar para Blesa por presuntas irregularidades en la compra del City National Bank de Florida.

El fiscal "no comparte en absoluto" los argumentos esgrimidos por el titular del Juzgado de Instrucción número 9 de Madrid, que justificó su decisión en el riesgo de fuga y en la posible alteración, ocultación o destrucción de pruebas.

Recuerda que los nuevos indicios "se reducen a la trascripción" de tres correos electrónicos cruzados entre Miguel Blesa e Ildefonso Sánchez Barcoj el 23 de octubre de 2008 en los que se hace constar una previsión extra de "100 kilos por si se ponía algo a tiro" en relación a la operación de compra "de City y su casita", en referencia al CNB y la entidad mexicana Hipotecaria Su Casita (HSC).

Unos hechos que "per se no constituyen ninguna infracción penal" hasta que puedan ser corroborados y contrastados "por otro tipo de pruebas" referentes a los trámites que acompañaron a la adquisición de la entidad y que "sí pudieran ser constitutivos" de delito.

El instructor entendió que de estos correos se desprende "un significativo agravamiento de la pena pronosticable", pero el fiscal, "tras una lectura detenida" de su resolución, no encuentra "en ningún momento justificado en qué consiste" el mismo, ni qué "nuevos delitos se infieren" ni cuál es el castigo previsto.

Sobre el riesgo de fuga, subraya que Blesa "ha comparecido a todo y cada uno de los llamamientos judiciales a los que había sido citado, no faltando a ninguno de ellos, a pesar de que en varias ocasiones ha sido citado en un plazo breve de tiempo".

En este sentido, señala que "acudió voluntariamente" a declarar el pasado miércoles y también el día anterior en calidad de testigo en la causa que se abrió contra el letrado del banquero por un delito de obstrucción a la justicia.

Además, "a mayor abundamiento", el expresidente de la caja madrileña prestó una fianza de 2,5 millones de euros que le impuso el mismo magistrado el pasado 16 de mayo para poder eludir la prisión, "por lo que con estos datos, el fiscal no puede inferir que concurra el riesgo de fuga".

Esta primera medida cautelar, prosigue, adoptada "no hace más de 20 días", ha garantizado que Blesa "no se haya sustraído a la acción de la justicia ni haya obstaculizado en la obtención de pruebas".

A ello añade que "hubiera sido más prudente" esperar a que la Audiencia madrileña resuelva los recursos que también la Fiscalía y la defensa de Blesa interpuesieron contra el primer auto de prisión.

Descarta así que haya riesgo de destrucción de pruebas, ya que la operación de compra, que se remonta a 2008, intervinieron "distintas instituciones tales como el Banco de España, obviamente Caja Madrid -actual Bankia- y el supervisorr estadounidense, ajenos todos ellos al entorno" de Blesa.

El texto hace hincapié en que, en el trascurso de cinco años, la desvinculación del banquero con la entidad y con las instituciones que participaron en la operación "ponen de manifiesto que resulte difícil concluir que el imputado pueda manipular, destruir u ocultar los informes, documentos o contabilidad prueba de los hechos".

Y "máxime" al tratarse de una operación efectuada por una entidad bancaria intervenida y "bajo la total supervisión" del Banco de España.

"Por tanto, a pesar de que, a criterio del juez, se hayan agravado los indicios racionales de criminalidad, ello no puede determinar por sí solo la adopción de la prisión provisional al no existir ni un solo indicio de que el imputado vaya a sustraerse a la acción de la justicia o vaya a entorpecer la obtención de pruebas de un hecho acaecido hace más de 5 años", concluye.

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